Observaciones a la Resolución de la Universidad Politécnica de Valencia (UPV), por la que se convocan pruebas para la selección como funcionario interino de 1 Técnico Medio de Prevención de Riesgos Laborales, catalogado como B 18 E023, que prestará sus servicios en el Servicio de Prevención de la Universidad, puesto de trabajo vacante en la plantilla de personal funcionario de administración especial de la UPV.

1. - Informamos NEGATIVAMENTE esta convocatoria de selección para cubrir un puesto de funcionario de Administración Especial.

En la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) no se indica que tenga jornada partida, por lo que no se puede convocar con esa condición.

En la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) no se indica que sea necesario ser Ingeniero Técnico para realizar las correspondientes funciones, por lo que no se puede convocar con esa condición.

No existe ningún condicionante para que se convoque este puesto como funcionario interino, por lo que no se puede publicar con esa condición.

Por lo expuesto informamos negativamente esta convocatoria.
 
 

2. - La 3ª Prueba (Entrevista Personal) no se encuentra recogida en el Baremo para la fase de concurso acordado en el Órgano de Negociación de la Universidad y que desde hace algún tiempo venimos utilizando habitualmente.

Por lo que informamos negativamente este apartado.
 
 

3. - En el Anexo I "Titulación", ésta debe de ser genérica, ya que la RPT no especifica nada de que sea necesaria una titulación tan concreta.

Por lo que informamos negativamente este apartado.
 
 

4. - Estimamos que todos los anuncios se deben realizar en todos los Campus de la UPV:

1. - En Valencia (Campus de Vera)

2. - En la EPS de Alcoi (Campus de Alcoi)

3. - En la EPS de Gandía (Campus de Gandía)

4. - En la EUITA de Valencia (Campus de Blasco Ibáñez)

Realizar los avisos y notificaciones únicamente en el Tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos, en el Campus de Vera, en Valencia, podría causar un perjuicio a algún aspirante, y que por el contrario dar publicidad de los avisos y notificaciones de la convocatoria en todos los Centros de la Universidad no puede causar perjuicio a ningún aspirante.
 
 

5. - El derecho al uso de la lengua valenciana se basa en la normativa legal vigente, por ejemplo:

* Artículo 3 de la Constitución Española

* Artículo 7 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana

* Artículos 2,3,7,10,17,20 y 23 (Ley de Uso y Enseñanza del Valenciano)

* Artículo 5 de los Estatutos de la Universidad Politécnica de Valencia

Por lo que le recordamos la necesidad de procurar que las pruebas o exámenes sean bilingües, es decir, que se disponga de los textos en castellano y en Valenciano para todas/os aquellas/os aspirantes que lo soliciten.

Por ello solicitamos que los textos que se utilicen en estas pruebas estén en las dos lenguas oficiales de la Comunidad, en previsión de los posibles trastornos que se pudieran ocasionar por no disponerse de los textos de las pruebas en las lenguas oficiales.
 
 

6. - Falta indicar que la acreditación de los conocimientos de valenciano por las y los aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas, que dispone el número 4 del artículo 9 del vigente texto refundido de la Ley de Función Pública Valenciana, se acreditarán presentando la documentación que se exige en dicha norma legal o consiguiéndola en el plazo de dos años.
 
 

7. - En el apartado "Funciones y tareas del puesto de trabajo", falta indicar lo que sigue:

"Y todas aquellas funciones inherentes al puesto de trabajo, y que tengan relación directa con él ".
 
 
8. - Cuando se rectifiquen todos los errores mencionados los representantes de la Sección Sindical de CC.OO. en el órgano de calificación serán:

- Titular:

- Suplente:
 
 

9. - En el apartado "Proceso de Selección", falta indicar que cuando la oposición conste de varios ejercicios, la convocatoria determinará el carácter obligatorio o voluntario y eliminatorio o no de cada uno de ellos, y el sistema de puntuación.
 
 

10. - De lo anterior claramente se desprende que no tienen ningún interés en convocar este puesto de trabajo, porque se esta pidiendo a gritos que por los representantes de los trabajadores, no especialmente por este sindicato, se denuncien o recurran los incumplimientos mencionados.

Sección Sindical CC.OO.



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