TRAS LA IMPOSICION DE UNOS SERVICIOS MINIMOS, PARA LA PASADA HUELGA GENERAL DEL 27 DE ENERO DEL PRESENTE AÑO, POR PARTE DEL RECTORADO DE LA UPV, QUE ERAN CLARAMENTE ABUSIVOS, LA SECCION SINDICAL DE CC.OO. DE ESTA UNIVERSIDAD INTERPUSO UN RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO CONTRA DICHOS SERVICIOS MINIMOS.

CON FECHA 07/10/94, SE NOS HA NOTIFICADO POR PARTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, SECCION TERCERA, EL SIGUIENTE FALLO:

"FALLAMOS:

ESTIMAR PARCIALMENTE EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO INTERPUESTO POR LA CONFEDERACION SINDICAL DE CC.OO. CONTRA LA RESOLUCION DE 24.02.1991, DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE VALENCIA, POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS SERVICIOS ESENCIALES MINIMOS POR LA HUELGA GENERAL DE 27/01/94, ....

SE DECLARAN DICHOS ACTOS CONTRARIOS A LA CONSTITUCION ESPAÑOLA, POR LO QUE SE ANULA Y DEJA SIN EFECTO, ....

TODO ELLO SIN EXPRESA CONDENA EN COSTAS".
 
 

ESTE FALLO DEL TRIBUNAL CONFIRMA QUE LOS SERVICIOS MINIMOS IMPUESTOS EN SU DIA ERAN ABUSIVOS, COMO OPORTUNAMENTE DENUNCIO ESTA SECCION SINDICAL.
 

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