Secció Sindical de CC.OO.
Universitat
Politècnica de València
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Observaciones
a la Resolución de
1.- Consideramos que se deben convocar separadas
las plazas vacantes de Alcoy, Gandia y Valencia, y realizar el examen el
mismo día y a la misma hora, de acuerdo con las conversaciones mantenidas
con los centros de fuera de los campus de Valencia.
2.- No se nos indica el número total de plazas
vacantes a ofertar al personal opositor.
3.- En el apartado 1.1, consideramos
que se debe incluir un sub-apartado incluyendo un porcentaje de puestos de
trabajo para promoción interna del colectivo de Oficiales de Segunda (laboratorios,
deportes, correos, publicaciones, etc…) ya que el acuerdo alcanzado por
4.- En el apartado 3.1. Forma, consideramos que no se les puede obligar a los opositores
a presentar la instancia únicamente conforme al modelo informático oficial,
ya que continuamente se producen errores de funcionamiento y los opositores
no pueden disponer de
5.- En el apartado 5.2.1. Primera parte,
se debe especificar el total de preguntas así como el tiempo máximo otorgado
para la realización de las pruebas y es por ello que solicitamos que se modifique
y se especifique que será un cuestionario de 50 preguntas y un tiempo máximo
de 60 minutos.
Por otra parte, consideramos que al constar de
dos partes la fase de oposición y realizarse por escrito, nos parece más
razonable que en la primera parte se pregunte sobre el temario general que
sería el Bloque I y el Bloque IV, y en la segunda parte, que sería temario
específico, las funciones propias y el Bloque II y Bloque III.
6.- En el apartado 5.2.2., Segunda
parte, como decíamos en el apartado anterior consideramos que se debe
realizar un cuestionario tipo test sobre las funciones propias y los Bloques
II y Bloque III. Así como especificar el número total de preguntas, el tiempo
máximo de duración del ejercicio. Es por ello que solicitamos que se indique
en la convocatoria que se tratará de un cuestionario de 50 preguntas con
respuestas alternativa, a responder en un tiempo máximo de 60 minutos.
Asimismo, consideramos que se debe eliminar el
penúltimo párrafo que habla de los criterios de corrección que se establecerán
por parte del Tribunal, en el sentido de dejar constancia escrita en la convocatoria
que se publiquen los criterios que se aplicarán en la corrección de los ejercicios.
7.- En el apartado 5.8. Bolsa de Trabajo,
se debe especificar que al haber solamente un ejercicio debe modificarse
y decir que se conformará la bolsa con el personal que haya aprobado alguna
de las partes de que consta el ejercicio.
8.- En el apartado 6.1. consideramos
que los ejercicios se deben realizar en Alcoy, Gandia y Valencia, el mismo
día y a la misma hora, de acuerdo con las conversaciones mantenidas con los
centros de fuera de los campus de Valencia.
9.- En el Anexo I. Temario, consideramos
que el Bloque I, Tema
5, Ley Orgánica de Universidades 6/2001, se debe modificar y especificar
que será el Titulo IX Del Profesorado (Art. 47 al 56) y el
Titulo X Del personal de administración y servicios de las Universidades
Públicas.
10.- El tema 6 consideramos que
se debe suprimir al estar ya incluido en el Estatuto de
11.- El tema 10 y 11 consideramos
que se deben de suprimir y refundir dentro del tema 9 (El Texto Refundido
de la Ley de
12.- El tema 12 consideramos que
se debe modificar la redacción que se propone, por otra más acorde con las
funciones de la categoría profesional:
Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Los derechos del ciudadano.
Términos y plazos en la actividad de las administraciones públicas.
13.- Consideramos que los temas 13
y 14 se deben suprimir ya que no está relacionado con las funciones de
la categoría profesional de auxiliar de servicios.
14.- Sobre el tema 17 consideramos
que se debe modificar y suprimir el tema: “Acceso a aplicaciones corporativas
de
15.- Sobre el tema 20 consideramos
que se debe modificar y especificar que será el Capitulo I del Real Decreto,
del artículo 1 al 4 (inclusive), dado que el resto de la norma es específica
para aparato ministerial del Estado y sin relación con nuestro ámbito.
16.- Consideramos que los temas 21,
22, 23 y 24 se deben suprimir y refundir en un tema con la siguiente
denominación:
Los Departamentos. Los Institutos
Universitarios. Los Centros. Los Órganos Centrales. Denominación.
17.- Al respecto del tema 25, consideramos
que se debe incluir el artículo que desarrolla cada uno de los apartados,
así como añadir un nuevo texto añadiendo el artículo de la Ley denominado
como Información, consulta y participación.
18.- Sobre el tema 31 consideramos
que se debe suprimir la redacción propuesta, sustituyéndola por una nueva,
como por ejemplo Clases de Fuego y los medios de extinción.
19.- En el Anexo II. Baremo, en
breve la realizaremos una propuesta de modificación de baremo en los apartados
de experiencia en el puesto de trabajo y cursos de formación, que tenemos
pendiente de aprobación por la afiliación.
Valencia,
miércoles, 16 de marzo de 2005
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