Secció Sindical de CC.OO.

Universitat Politècnica de València

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Observaciones a la Resolución de la Universidad Politécnica de Valencia (UPV), por la que se convocan plazas de Auxiliar de Servicios en la localidad de XXXXX, por el turno de acceso libre, Sector de Administración General, Grupo D, vacantes existentes en la plantilla de personal funcionario de la UPV, la cual informamos DESFAVORABLEMENTE por los motivos que a continuación se relacionan:

 

1.- Consideramos que se deben convocar separadas las plazas vacantes de Alcoy, Gandia y Valencia, y realizar el examen el mismo día y a la misma hora, de acuerdo con las conversaciones mantenidas con los centros de fuera de los campus de Valencia.

 

2.- No se nos indica el número total de plazas vacantes a ofertar al personal opositor.

 

3.- En el apartado 1.1, consideramos que se debe incluir un sub-apartado incluyendo un porcentaje de puestos de trabajo para promoción interna del colectivo de Oficiales de Segunda (laboratorios, deportes, correos, publicaciones, etc…) ya que el acuerdo alcanzado por la Comisión Paritaria de Vigilancia, Interpretación, y Desarrollo del II Acuerdo del PAS dispone que se facilitará al máximo la promoción de personal funcionario de otro cuerpo o clase encuadrados en el mismo grupo de titulación y asimismo que se reservarán el mayor número de plazas vacantes.

 

4.- En el apartado 3.1. Forma, consideramos que no se les puede obligar a los opositores a presentar la instancia únicamente conforme al modelo informático oficial, ya que continuamente se producen errores de funcionamiento y los opositores no pueden disponer de la instancia. Es por ello que solicitamos que se puedan presentar instancias genéricas (tradicionales, escritas a mano) y no solamente el modelo informático oficial.

 

5.- En el apartado 5.2.1. Primera parte, se debe especificar el total de preguntas así como el tiempo máximo otorgado para la realización de las pruebas y es por ello que solicitamos que se modifique y se especifique que será un cuestionario de 50 preguntas y un tiempo máximo de 60 minutos.

Por otra parte, consideramos que al constar de dos partes la fase de oposición y realizarse por escrito, nos parece más razonable que en la primera parte se pregunte sobre el temario general que sería el Bloque I y el Bloque IV, y en la segunda parte, que sería temario específico, las funciones propias y el Bloque II y Bloque III.

 

6.- En el apartado 5.2.2., Segunda parte, como decíamos en el apartado anterior consideramos que se debe realizar un cuestionario tipo test sobre las funciones propias y los Bloques II y Bloque III. Así como especificar el número total de preguntas, el tiempo máximo de duración del ejercicio. Es por ello que solicitamos que se indique en la convocatoria que se tratará de un cuestionario de 50 preguntas con respuestas alternativa, a responder en un tiempo máximo de 60 minutos.

Asimismo, consideramos que se debe eliminar el penúltimo párrafo que habla de los criterios de corrección que se establecerán por parte del Tribunal, en el sentido de dejar constancia escrita en la convocatoria que se publiquen los criterios que se aplicarán en la corrección de los ejercicios.

 

7.- En el apartado 5.8. Bolsa de Trabajo, se debe especificar que al haber solamente un ejercicio debe modificarse y decir que se conformará la bolsa con el personal que haya aprobado alguna de las partes de que consta el ejercicio.

 

8.- En el apartado 6.1. consideramos que los ejercicios se deben realizar en Alcoy, Gandia y Valencia, el mismo día y a la misma hora, de acuerdo con las conversaciones mantenidas con los centros de fuera de los campus de Valencia.

 

9.- En el Anexo I. Temario, consideramos que el Bloque I,  Tema 5, Ley Orgánica de Universidades 6/2001, se debe modificar y especificar que será el Titulo IX Del Profesorado (Art. 47 al 56) y el Titulo X Del personal de administración y servicios de las Universidades Públicas.

 

10.- El tema 6 consideramos que se debe suprimir al estar ya incluido en el Estatuto de la Universidad Politécnica de Valencia. Asimismo consideramos que se debe suprimir el tema 7 al exceder ampliamente las funciones de la categoría profesional.

 

11.- El tema 10 y 11 consideramos que se deben de suprimir y refundir dentro del tema 9 (El Texto Refundido de la Ley de la Función Pública Valenciana) los siguientes apartados: Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Incompatibilidades y Régimen disciplinario.

 

12.- El tema 12 consideramos que se debe modificar la redacción que se propone, por otra más acorde con las funciones de la categoría profesional:

Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Los derechos del ciudadano. Términos y plazos en la actividad de las administraciones públicas.

 

13.- Consideramos que los temas 13 y 14 se deben suprimir ya que no está relacionado con las funciones de la categoría profesional de auxiliar de servicios.

 

14.- Sobre el tema 17 consideramos que se debe modificar y suprimir el tema: “Acceso a aplicaciones corporativas de la Universidad Politécnica de Valencia”.

 

15.- Sobre el tema 20 consideramos que se debe modificar y especificar que será el Capitulo I del Real Decreto, del artículo 1 al 4 (inclusive), dado que el resto de la norma es específica para aparato ministerial del Estado y sin relación con nuestro ámbito.

 

16.- Consideramos que los temas 21, 22, 23 y 24 se deben suprimir y refundir en un tema con la siguiente denominación:

Los Departamentos. Los Institutos Universitarios. Los Centros. Los Órganos Centrales. Denominación.

 

17.- Al respecto del tema 25, consideramos que se debe incluir el artículo que desarrolla cada uno de los apartados, así como añadir un nuevo texto añadiendo el artículo de la Ley denominado como Información, consulta y participación.

 

18.- Sobre el tema 31 consideramos que se debe suprimir la redacción propuesta, sustituyéndola por una nueva, como por ejemplo Clases de Fuego y los medios de extinción.

 

19.- En el Anexo II. Baremo, en breve la realizaremos una propuesta de modificación de baremo en los apartados de experiencia en el puesto de trabajo y cursos de formación, que tenemos pendiente de aprobación por la afiliación.

 

Valencia, miércoles, 16 de marzo de 2005




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