DIRECTRICES GENERALES PARA EL PLAN DE ESTABILIZACIÓN Y PROMOCIÓN DEL PROFESORADO

A) Preámbulo:

La plantilla de profesorado de la UAM ha experimentado un importante crecimiento desde la LRU. Una primera fase de ese crecimiento permitió la consolidación de la plantilla de profesorado funcionario durante la década de los 80. El crecimiento durante los 90 se concentró en profesorado contratado, debido a la congelación de presupuestos y plantillas. Mientras otras universidades madrileñas estabilizaron paulatinamente al profesorado con plazas TEU y TU interinas, la UAM opta por mantener el profesorado asociado.

El tamaño de la plantilla de profesorado funcionario estuvo prácticamente congelado hasta el traspaso de competencias a la CAM y la llegada de fondos para nuevas titulaciones.

En este contexto, el principal proceso de promoción en este período ha sido el paso a profesores asociados tipo 3 de aquellos doctores con 8 años de vinculación a la universidad, 5 de docencia y reconocidos méritos investigadores, así como la convocatoria de 53 plazas de TU en los últimos 3 años.

Como resultado, hoy concentramos un alto porcentaje del profesorado contratado doctor a tiempo completo de la CAM (mientras representa sólo el 14% del total del PDI en la región).

La situación creada, al margen de otros desajustes, en el conjunto del sistema universitario, ha hecho patente la necesidad de actualizar la Ley de Reforma Universitaria. Tras varios intentos fallidos de reforma en las tres últimas legislaturas, la gravedad de la situación en cuanto a profesorado han dado lugar al plan de estabilización y al compromiso de financiación de los organismos competentes. La entrada en vigor de los Reales Decretos (70/2000 del 21-01-2000; 74/2000 del 21-01-2000) constituye la primera medida de ese plan de estabilización. Los Reales Decretos modifican el régimen jurídico de la contratación y la retribución del profesorado e imponen la necesidad de adecuar la regulación de estas cuestiones en los Estatutos de nuestra universidad. Al margen de esa necesidad, vemos la conveniencia de abrir el debate tanto sobre las actuaciones urgentes de cara a la aplicación del Real Decreto, como sobre la política de profesorado a más largo plazo, considerando que es esta la ocasión para proponer una carrera docente acorde a una universidad pública de calidad como la nuestra.

B) Medidas

B1. Medidas inmediatas

Las medidas debatidas buscan lograr el máximo aprovechamiento de las aportaciones económicas que recibirá nuestra Universidad, intentando desarrollar criterios racionales y progresivos.

B.1.1. Sobre contratación de profesorado:

Desde la entrada en vigor del Real Decreto, las universidades tienen la potestad de establecer la duración de los contratos de los profesores asociados así como el número de prórrogas. Igualmente, el Real Decreto prevé que, mientras se produce la adaptación de los Estatutos de las Universidades, la Junta de Gobierno adopte una regulación transitoria en esta materia. Se propone:

B.1.2. Promoción del profesorado: Optimización de las modalidades contractuales.

La dotación económica del MEC y la Comunidad podría permitir afrontar un plan de promoción de profesores contratados. No obstante, con carácter previo -y como el proceso de promoción a Titularidades, en el marco de ese decreto, no comenzará a hacerse efectivo antes del año 2001- se propone la adopción de medidas transitorias que dignifiquen las retribuciones de estos profesores, facilitando su futuro acceso a plazas de Titulares.

La relación entre las obligaciones y responsabilidades asumidas y su retribución resulta claramente descompensadas. Los nuevos decretos y las negociaciones entre la Comunidad de Madrid y las Universidades permiten definir una política salarial que regularice la promoción y equilibre esta desventaja retributiva, dignificando la situación laboral de este profesorado universitario Es necesario dignificar la situación laboral del profesorado universitario. En este sentido, se propone racionalizar las retribuciones con relación a sus funciones:

B.1.3. Promoción a Titularidades. B2. Política permanente de profesorado

B.2.1.Regulación estatutaria de la contratación

Se reclama de la Comisión de Estatutos la elaboración de una propuesta de modificación de la regulación estatutaria que se ajuste a la nueva situación del Personal Docente e Investigador.

La propuesta deberá atender, entre otros, a los siguientes criterios:

  1. Excelencia y rigor en la selección
  2. Establecer la incidencia de la evaluación externa en la contratación.
  3. Estabilidad en la contratación.
  4. Contemplar un proceso regular de promoción entre las categorías contractuales.
Modalidades de contratación para profesores asociados

Así mismo, se solicita a la Comisión de Estatutos que estudie la viabilidad de las modalidades de contratación de acuerdo a la siguiente propuesta.

B.2.2. Estabilización del profesorado: Titularidades y Cátedras.

Resulta preciso garantizar un programa permanente de estabilización y de promoción a Titularidades y Cátedras que de respuesta a las expectativas y a las necesidades de los profesores, y se corresponda con sus méritos, con el fin de que se eviten también así desequilibrios en la plantilla.

Se dotarán plazas de Catedráticos de Escuela universitaria/Titulares de Universidad en aquellas áreas de conocimiento en la que estén adscritos Titulares de Escuela Universitaria doctores a Tiempo Completo durante el periodo de vigencia del convenio.
 
 

B.2.3 Creación y redistribución de nuevas plazas

Una vez finalizado el primer plan bianual, se podrán contemplar otras necesidades. Entre ellas, las necesidades de crecimiento y promoción de la plantilla del profesorado, atendiendo especialmente a la distribución de edad de la misma, la UAM requiere una política de formación del PDI a largo plazo. Se propone que, al margen de los recursos que pudieran obtenerse con tal fin, parte de los fondos liberados de plazas actualmente existentes se dediquen a la contratación de profesorado en formación.
 
La UAM considerando las necesidades de investigación de todas las áreas de conocimiento, podría incorporar, para desarrollar tareas docentes, tal y como señala la legislación vigente, por acceso a nuevas titularidades, a antiguos docentes de la Universidad.
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