C C . O O . FEDERACION DE ENSEÑANZA

NUESTRA "HOJA DEL LUNES" SOBRE EL PROFESORADO UNIVERSITARIO

nº    23 10 de noviembre de 1997

U.G.T. SE SUMA A LA CAMPAÑA DE MOVILIZACIONES

Para el proximo miercoles 12-XI esta prevista la rueda prensa central en la que los sindicatos CCOO y UGT presentaran conjuntamente a los medios de comunicación la "Plataforma básica octubre'97 por la REGULARIZACION DEL PROFESORADO UNIVERSITARIO" , así como la campaña de asambleas, encierros, paros, etc. (v.h.22) como medidas de presión en su apoyo. Diversas coordinadoras y agrupaciones de afectados han mostrado tambien su coincidencia con la plataforma y su voluntad de colaborar activamente en la campaña de movilizaciones.

POSIBLE "HOJA" EXTRA CON LAS CONCLUSIONES DE LA COMISION MEC/RECTORES

Parece probable que hoy mismo, en la tercera sesión de trabajo de la comisión mixta MEC/CRUE, se cierre un documento de consenso sobre una posible modificación de la LRU que permita regularizar la situacion del actual PNN. Recordemos que los Rectores habian fijado como límite para los trabajos de esa comisión el 17-XI. Anunciamos, por tanto, una posible "hoja" extra al respecto. En cualquier caso, queremos mantener la presuncion de que tal documento sera sometido a la consideración de los órganos pertinentes, y en particular será contrastado con las organizaciones sindicales a traves de la Mesa Sectorial de Universidad.

CC.OO. ULTIMA DOS NUEVAS CAMPAÑAS DE RECLAMACIONES SOBRE QUINQUENIOS

CCOO mostró desde un primer momento su disconformidad con distintos aspectos del Decreto de Retribuciones 1086/89, que se ha traducido en diversas campañas tanto sindicales como jurídicas. En este sentido, CCOO está ultimando dos nuevas campañas de reclamaciones ante los rectorados en primera instancia y posteriormente, en su caso, de recursos jurídicos. De hecho, algunas universidades ya están aplicando de oficio el decreto en el sentido que reclamamos.

(97/2) Por el sexto quinquenio Se reclama el derecho a un sexto (séptimo,...) quinquenio cuando se están percibiendo 5, pero varios de ellos hayan sido resultado de una sola evaluación. En efecto, el decreto establece la limitación en el "resultado de superar favorablemente cinco evaluaciones", sin referencia alguna al número de "tramos" comprendido en cada una de ellas.

(97/3) Porque la interinidad compute en los 2 años de carencia. Según la jurisprudencia habitual, el periodo de 2 años que debe mediar entre el "acceso a plaza" y la primera evaluación debe computarse, en su caso, no desde la toma de posesión de la plaza, sino desde el acceso a la misma como interino.