Artículo 1. Objetivo y norma supletoria.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Denuncia del Convenio.
Artículo 4. Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio (CIVE o Comisión Paritaria).
Artículo 5. Retribuciones y condiciones económicas.
Artículo 6. Organización del trabajo.
Artículo 7. Clasificación profesional.
Artículo 8. Ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo.
Provisión de puestos de trabajo y oferta de empleo público (OEP).
Sistemas de selección de personal.
Contratos temporales, sustituciones y bolsas de trabajo.
Artículo 9. Trabajos de categoría superior e inferior.
Artículo 10. Excedencias y situaciones derivadas de un plan de empleo.
Artículo 11: Permisos y licencias.
Artículo 12. Movilidad y reasignación de efectivos.
Artículo 13. Jornada de trabajo.
Artículo 16. Suspensión de contrato.
Artículo 17. Extinción del contrato de trabajo.
Artículo 19. Capacidad disminuida.
Artículo 20. Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Artículo 21. Prevención de riesgos laborales.
Artículo 22. Formación y perfeccionamiento profesional.
Comisión de Formación y Perfeccionamiento Profesional.
Artículo 23. Régimen disciplinario.
Artículo 24. Solución de conflictos.
Artículo 25. Procedimiento en materia de conflicto colectivo o huelga.
Artículo 26. Derecho de reunión.
Artículo 27. Derechos de las centrales sindicales, secciones sindicales y afiliados.
Artículo 28. Derechos de los comités de empresa y delegados de personal.
Artículo 29. Mejoras sociales.
ANEXO 2. SUBGRUPOS PROFESIONALES
ANEXO 3. CATEGORÍAS PROFESIONALES
ANEXO IV. LEY 70/1978, DE 26 DE DICIEMBRE. TRIENIOS