REAL DECRETO 773/1997, DE 30 DE MAYO,
sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud
relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención
de Riesgos Laborales, determina el cuerpo básico de garantías
y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección
de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones
de trabajo, en el marco de una política coherente, coordinada y
eficaz. Según el artículo 6 de la misma serán las
normas reglamentarias las que irán fijando y concretando los aspectos
más técnicos de las medidas preventivas.
Así, son las normas de desarrollo reglamentario
las que deben fijar las medidas mínimas que deben adoptarse para
la adecuada protección de los trabajadores. Entre ellas se encuentran
las destinadas a garantizar la utilización por los trabajadores
en el trabajo de equipos de protección individual que los protejan
adecuadamente de aquellos riesgos para su salud o su seguridad que no puedan
evitarse o limitarse suficientemente mediante la utilización de
medios de protección colectiva o la adopción de medidas de
organización del trabajo.
Igualmente, el Convenio número 155 de la Organización
Internacional del Trabajo, de 22 de junio de 1981, ratificado por España
el 26 de julio de 1985, establece en su artículo 16.3 la obligación
de los empleadores a suministrar a sus trabajadores ropas y equipos de
protección apropiados, a fin de prevenir los riesgos de accidentes
o de efectos perjudiciales para su salud.
En el mismo sentido hay que tener en cuenta que en el
ámbito de la Unión Europea se han fijado, mediante las correspondientes
Directivas, criterios de carácter general sobre las acciones en
materia de seguridad y salud en los centros de trabajo, así como
criterios específicos referidos a medidas de protección contra
accidentes y situaciones de riesgo. Concretamente, la Directiva 89/656/CEE,
de 30 de noviembre, establece las disposiciones mínimas de seguridad
y de salud para la utilización por los trabajadores en el trabajo
de equipos de protección individual. Mediante el presente Real Decreto
se procede a la transposición al Derecho español del contenido
de la Directiva 89/656/CEE, antes mencionada.
En su virtud, de conformidad con el artículo 6
de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales,
a propuesta de los Ministros de Trabajo y Asuntos Sociales y de Industria
y Energía, consultadas las organizaciones empresariales y sindicales
más representativas, oída la Comisión Nacional de
Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo con el Consejo de estado y
previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 30 de mayo de 1997,
D I S P O N G O :
Artículo 1. Objeto.
1. El presente Real Decreto establece, en el marco de
la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales,
las disposiciones mínimas de seguridad y de salud para la elección,
utilización por los trabajadores en el trabajo y mantenimiento de
los equipos de protección individual.
2. Las disposiciones del Real Decreto 39/1997, de 17 de
enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención,
se aplicarán plenamente al conjunto del ámbito contemplado
en el apartado 1, sin perjuicio de las disposiciones específicas
contenidas en el presente Real Decreto.
Artículo 2. Definición de «equipo
de protección individual».
1. A efectos del presente Real Decreto, se entenderá
por «equipo de protección individual», cualquier equipo
destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja
de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así
como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.
2. Se excluyen de la definición contemplada en el apartado 1:
a) La ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estén específicamente destinados a proteger la salud o la integridad física del trabajador.
b) Los equipos de los servicios de socorro y salvamento.
c) Los equipos de protección individual de los militares, de los policías y de las personas de los servicios de mantenimiento del orden.
d) Los equipos de protección individual de los medios de transporte por carretera.
e) El material de deporte.
f) El material de autodefensa o de disuasión.
g) Los aparatos portátiles para la detección
y señalización de los riesgos y de los factores de molestia.
3. El anexo I contiene un listado indicativo y no exhaustivo
de los equipos de protección individual objeto de este Real Decreto.
Artículo 3. Obligaciones generales del empresario.
En aplicación a lo dispuesto en el presente Real Decreto, el empresario estará obligado a:
a) Determinar los puestos de trabajo en los que deba recurrirse a la protección individual conforme a lo establecido en el artículo 4 y precisar, para cada uno de estos puestos, el riesgo o riesgos frente a los que debe ofrecerse protección, las partes del cuerpo a proteger y el tipo de equipo o equipos de protección individual que deberán utilizarse.
b) Elegir los equipos de protección individual conforme a lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de este Real Decreto, manteniendo disponible en la empresa o centro de trabajo la información pertinente a este respecto y facilitando información sobre cada equipo.
c) Proporcionar gratuitamente a los trabajadores los equipos de protección individual que deban utilizar, reponiéndolos cuando resulte necesario.
d) Velar por que la utilización de los equipos se realice conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del presente Real Decreto.
e) Asegurar que el mantenimiento de los equipos se realice
conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del presente Real Decreto.
Artículo 4. Criterios para el empleo de los equipos
de protección individual.
Los equipos de protección individual deberán utilizarse cuando existan riesgos para la seguridad o salud de los trabajadores que no hayan podido evitarse o limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo.
En particular, en las actividades o sectores de actividad indicadas en el anexo III, puede resultar necesaria la utilización de los equipos de protección individual a menos que la implantación de las medidas técnicas u organizativas citadas en el apartado anterior garantice la eliminación o suficiente limitación de los riesgos correspondientes.
La concurrencia de las circunstancias a que se refieren
los párrafos anteriores se hará constar en la documentación
prevista en el artículo 23 de la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales.
Artículo 5. Condiciones que deben reunir los equipos
de protección individual.
1. Los equipos de protección individual proporcionarán una protección eficaz frente a los riesgos que motivan su uso, sin suponer por sí mismos u ocasionar riesgos adicionales ni molestias innecesarias. A tal fin deberán:
a) Responder a las condiciones existentes en el lugar de trabajo.
b) Tener en cuenta las condiciones anatómicas y fisiológicas y el estado de salud del trabajador.
c) Adecuarse al portador, tras los ajustes necesarios.
2. En caso de riesgos múltiples que exijan la utilización
simultánea de varios equipos de protección individual, éstos
deberán ser compatibles entre sí y mantener su eficacia en
relación con el riesgo o riesgos correspondientes.
3. En cualquier caso, los equipos de protección
individual que se utilicen de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
4 de este Real Decreto deberán reunir los requisitos establecidos
en cualquier disposición legal o reglamentaria que les sea de aplicación,
en particular en lo relativo a su diseño y fabricación.
Artículo 6. Elección de los equipos de protección
individual.
1. Para la elección de los equipos de protección individual, el empresario deberá llevar a cabo las siguientes actuaciones:
a) Analizar y evaluar los riesgos existentes que no puedan evitarse o limitarse suficientemente por otros medios. En el anexo II de este Real Decreto figura un esquema indicativo para realizar el inventario de los riesgos.
b) Definir las características que deberán reunir los equipos de protección individual para garantizar su función, teniendo en cuenta la naturaleza y magnitud de los riesgos de los que deban proteger, así como los factores adicionales de riesgo que puedan constituir los propios equipos de protección individual o su utilización. Para ello en el anexo IV se contienen un conjunto de indicaciones no exhaustivas para la evaluación de una serie de equipos de extendida utilización.
c) Comparar las características de los equipos
de protección individual existentes en el mercado con las definidas
según lo señalado en el párrafo anterior.
2. Al elegir un equipo de protección individual
en función del resultado de las actuaciones desarrolladas según
lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario deberá verificar
la conformidad del equipo elegido con las condiciones y requisitos establecidos
en el artículo 5 de este Real Decreto.
3. La determinación de las características
de los equipos de protección individual a que se refiere el presente
artículo deberá revisarse en función de las modificaciones
que se produzcan en cualquiera de las circunstancias y condiciones que
motivaron su elección. A este respecto, deberán tenerse en
cuenta las modificaciones significativas que la evolución de la
técnica determine en los riesgos, en las medidas técnicas
y organizativas, en los medios de protección colectiva para su control
y en las prestaciones funcionales de los equipos de protección individual.
Artículo 7. Utilización y mantenimiento
de los equipos de protección individual.
1. La utilización, el almacenamiento, el mantenimiento, la limpieza, la desinfección cuando proceda, y la reparación de los equipos de protección individual deberán efectuarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante.
Salvo en casos particulares excepcionales, los equipos
de protección individual sólo podrán utilizarse para
los usos previstos.
2. Las condiciones en que un equipo de protección deba ser utilizado, en particular, en lo que se refiere al tiempo durante el cual haya de llevarse, se determinarán en función de:
a) La gravedad del riesgo.
b) El tiempo o frecuencia de exposición al riesgo.
c) Las condiciones del puesto de trabajo.
d) Las prestaciones del propio equipo.
e) Los riesgos adicionales derivados de la propia utilización
del equipo que no hayan podido evitarse.
3. Los equipos de protección individual estarán
destinados, en principio, a un uso personal. Si las circunstancias exigiesen
la utilización de un equipo por varias personas, se adoptarán
las medidas necesarias para que ello no origine ningún problema
de salud o de higiene a los diferentes usuarios.
Artículo 8. Obligaciones en materia de información
y formación.
1. De conformidad con los artículos 18 y 19 de
la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el empresario adoptará
las medidas adecuadas para que los trabajadores y los representantes de
los trabajadores reciban formación y sean informados sobre las medidas
que hayan de adoptarse en aplicación del presente Real Decreto.
2. El empresario deberá informar a los trabajadores, previamente al uso de los equipos, de los riesgos contra los que les protegen, así como de las actividades u ocasiones en las que deben utilizarse. Asimismo, deberá proporcionarles instrucciones, preferentemente por escrito, sobre la forma correcta de utilizarlos y mantenerlos.
El manual de instrucciones o la documentación informativa facilitados por el fabricante estarán a disposición de los trabajadores.
La información a que se refieren los párrafos
anteriores deberá ser comprensible para los trabajadores.
3. El empresario garantizará la formación
y organizará, en su caso, sesiones de entrenamiento para la utilización
de equipos de protección individual, especialmente cuando se requiera
la utilización simultánea de varios equipos de protección
individual que por su especial complejidad así lo haga necesario.
Artículo 9. Consulta y participación de
los trabajadores.
La consulta y participación de los trabajadores
o sus representantes sobre las cuestiones a que se refiere este Real Decreto
se realizarán de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del
artículo 18 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Artículo 10. Obligaciones de los trabajadores.
En aplicación de lo dispuesto en el presente Real Decreto, los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán en particular:
a) Utilizar y cuidar correctamente los equipos de protección individual.
b) Colocar el equipo de protección individual después de su utilización en el lugar indicado para ello.
c) Informar de inmediato a su superior jerárquico
directo de cualquier defecto, anomalía o daño apreciado en
el equipo de protección individual utilizado que, a su juicio, pueda
entrañar una pérdida de su eficacia protectora.
Disposición derogatoria única. Derogación
normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior
rango se opongan a lo dispuesto en este Real Decreto y, expresamente, el
capítulo XIII del Título II de la Ordenanza General de Seguridad
e Higiene en el Trabajo, aprobada por Orden de 9 de marzo de 1971.
Disposición final primera. Guía técnica.
El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo,
de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 5 del
Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento
de los Servicios de Prevención, elaborará y mantendrá
actualizada una Guía técnica, de carácter no vinculante,
para la utilización por los trabajadores en el trabajo de equipos
de protección individual.
Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
Se autoriza al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales,
previo informe favorable del de Industria y Energía, y previo informe
de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, a dictar
cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo
de este Real Decreto, así como para las adaptaciones de carácter
estrictamente técnico de sus anexos I a IV, en función del
progreso técnico y de la evolución de las normativas o especificaciones
internacionales o de los conocimientos en materia de equipos de protección
individual.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente Real Decreto entrará en vigor a los
dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
Dado en Madrid a 30 de mayo de 1997.
JUAN CARLOS R.
El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de la Presidencia,
FRANCISCO ÁLVAREZ-CASCOS FERNÁNDEZ
ANEXO I
Lista indicativa y no exhaustiva de equipos de protección
individual
1. Protectores de la cabeza
Cascos de seguridad (obras públicas y construcción, minas e industrias diversas).
Cascos de protección contra choques e impactos.
Prendas de protección para la cabeza (gorros, gorras, sombreros, etc., de tejido, de tejido recubierto, etc.).
Cascos para usos especiales (fuego, productos químicos).
2. Protectores del oído
Protectores auditivos tipo «tapones».
Protectores auditivos desechables o reutilizables.
Protectores auditivos tipo «orejeras», con arnés de cabeza, bajo la barbilla o la nuca.
Cascos antirruido.
Protectores auditivos acoplables a los cascos de protección para la industria.
Protectores auditivos dependientes del nivel.
Protectores auditivos con aparatos de intercomunicación.
3. Protectores de los ojos y de la cara
Gafas de montura «universal».
Gafas de montura «integral» (uni o biocular).
Gafas de montura «cazoletas».
Pantallas faciales.
Pantallas para soldadura (de mano, de cabeza, acoplables
a casco de protección para la industria).
4. Protección de las vías respiratorias
Equipos filtrantes de partículas (molestas, nocivas, tóxicas o radiactivas).
Equipos filtrantes frente a gases y vapores.
Equipos filtrantes mixtos.
Equipos aislantes de aire libre.
Equipos aislantes con suministro de aire.
Equipos respiratorios con casco o pantalla para soldadura.
Equipos respiratorios con máscara amovible para soldadura.
Equipos de submarinismo.
5. Protectores de manos y brazos
Guantes contra las agresiones mecánicas (perforaciones, cortes, vibraciones).
Guantes contra las agresiones químicas.
Guantes contra las agresiones de origen eléctrico.
Guantes contra las agresiones de origen térmico.
Manoplas.
Manguitos y mangas.
6. Protectores de pies y piernas
Calzado de seguridad.
Calzado de protección.
Calzado de trabajo.
Calzado y cubrecalzado de protección contra el calor.
Calzado y cubrecalzado de protección contra el frío.
Calzado frente a la electricidad.
Calzado de protección contra las motosierras.
Protectores amovibles del empeine.
Polainas.
Suelas amovibles (antitérmicas, antiperforación o antitranspiración).
Rodilleras.
7. Protectores de la piel
Cremas de protección y pomadas.
8. Protectores del tronco y el abdomen
Chalecos, chaquetas y mandiles de protección contra las agresiones mecánicas (perforaciones, cortes, proyecciones de metales en fusión).
Chalecos, chaquetas y mandiles de protección contra las agresiones químicas.
Chalecos termógenos.
Chalecos salvavidas.
Mandiles de protección contra los rayos X.
Cinturones de sujeción del tronco.
Fajas y cinturones antivibraciones.
9. Protección total del cuerpo
Equipos de protección contra las caídas de altura.
Dispositivos anticaídas deslizantes.
Arneses.
Cinturones de sujeción.
Dispositivos anticaídas con amortiguador.
Ropa de protección.
Ropa de protección contra las agresiones mecánicas (perforaciones, cortes).
Ropa de protección contra las agresiones químicas.
Ropa de protección contra las proyecciones de metales en fusión y las radiaciones infrarrojas.
Ropa de protección contra fuentes de calor intenso o estrés térmico.
Ropa de protección contra bajas temperaturas.
Ropa de protección contra la contaminación radiactiva.
Ropa antipolvo.
Ropa antigás.
Ropa y accesorios (brazaletes, guantes) de señalización
(retrorreflectantes, fluorescentes).
ANEXO III
Lista indicativa y no exhaustiva de actividades y sectores
de actividades que pueden requerir la utilización de equipos de
protección individual
1. Protectores de la cabeza (protección del cráneo).
Cascos protectores:
Obras de construcción y, especialmente, actividades en, debajo o cerca de andamios y puestos de trabajo situados en altura, obras de encofrado y desencofrado, montaje e instalación, colocación de andamios y demolición.
Trabajos en puentes metálicos, edificios y estructuras metálicas de gran altura, postes, torres, obras hidráulicas de acero, instalaciones de altos hornos, acerías, laminadores, grandes contenedores, canalizaciones de gran diámetro, instalaciones de calderas y centrales eléctricas.
Obras en fosas, zanjas, pozos y galerías.
Movimientos de tierra y obras en roca.
Trabajos en explotaciones de fondo, en canteras, explotaciones a cielo abierto y desplazamiento de escombreras.
La utilización o manipulación de pistolas grapadoras.
Trabajos con explosivos.
Actividades en ascensores, mecanismos elevadores, grúas y medios de transporte.
Actividades en instalaciones de altos hornos, plantas de reducción directa, acerías, laminadores, fábricas metalúrgicas, talleres de martillo, talleres de estampado y fundiciones.
Trabajos en hornos industriales, contenedores, aparatos, silos, tolvas y canalizaciones.
Obras de construcción naval.
Maniobras de trenes.
Trabajos en mataderos.
2. Protección del pie.
a) Calzado de protección y de seguridad:
Trabajos de obra gruesa, ingeniería civil y construcción de carreteras.
Trabajos en andamios.
Obras de demolición de obra gruesa.
Obras de construcción de hormigón y de elementos prefabricados que incluyan encofrado y desencofrado.
Actividades en obras de construcción o áreas de almacenamiento.
Obras de techado.
Trabajos en puentes metálicos, edificios metálicos de gran altura, postes, torres, ascensores, construcciones hidráulicas de acero, instalaciones de altos hornos, acerías, laminadores, grandes contenedores, canalizaciones de gran diámetro, grúas, instalaciones de calderas y centrales eléctricas.
Obras de construcción de hornos, montaje de instalaciones de calefacción, ventilación y estructuras metálicas.
Trabajos de transformación y mantenimiento
Trabajos en las instalaciones de altos hornos, plantas de reducción directa, acerías, laminadores, fábricas metalúrgicas y talleres de martillo, talleres de estampado, prensas en caliente y trefilerías.
Trabajos en canteras, explotaciones a cielo abierto y desplazamiento de escombreras.
Trabajos y transformación de piedras.
Fabricación, manipulación y tratamiento de vidrio plano y vidrio hueco.
Manipulación de moldes en la industria cerámica.
Obras de revestimiento cerca del horno en la industria cerámica.
Moldeado en la industria cerámica pesada y de materiales de construcción.
Transportes y almacenamientos.
Manipulaciones de bloques de carne congelada y bidones metálicos de conservas.
Obras de construcción naval.
Maniobras de trenes.
b) Zapatos de seguridad con tacón o suela corrida y suela antiperforante: obras de techado.
c) Calzado y cubrecalzado de seguridad con suela termoaislante: actividades sobre y con masas ardientes o muy frías.
d) Polainas, calzado y cubrecalzado fáciles de
quitar: en caso de riesgo de penetración de masas en fusión.
3. Protección ocular o facial.
Gafas de protección, pantallas o pantallas faciales:
Trabajos de soldadura, esmerilados o pulido y corte.
Trabajos de perforación y burilado.
Talla y tratamiento de piedras.
Manipulación o utilización de pistolas grapadoras.
Utilización de máquinas que al funcionar levanten virutas en la transformación de materiales que produzcan virutas cortas.
Trabajos de estampado.
Recogida y fragmentación de vidrio, cerámica.
Trabajo con chorro proyector de abrasivos granulosos.
Manipulación o utilización de productos ácidos y alcalinos, desinfectantes y detergentes corrosivos.
Manipulación o utilización de dispositivos con chorro líquido.
Trabajos con masas en fusión y permanencia cerca de ellas.
Actividades en un entorno de calor radiante.
Trabajos con láser.
Trabajos eléctricos en tensión, en baja
tensión.
4. Protección respiratoria.
Equipos de protección respiratoria:
Trabajos en contenedores, locales exiguos y hornos industriales alimentados con gas, cuando puedan existir riesgos de intoxicación por gas o de insuficiencia de oxígeno.
Trabajos en la boca de los altos hornos.
Trabajos cerca de convertidores y conducciones de gas de altos hornos.
Trabajos cerca de la colada en cubilote, cuchara o caldero cuando puedan desprenderse vapores de metales pesados.
Trabajos de revestimiento de hornos, cubilotes o cucharas y calderos, cuando pueda desprenderse polvo.
Pintura con pistola sin ventilación suficiente.
Trabajos en pozos, canales y otras obras subterráneas de la red de alcantarillado.
Trabajos en instalaciones frigoríficas en las que
exista un riesgo de escape de fluido frigorífico.
5. Protección del oído.
Protectores del oído:
Utilización de prensas para metales.
Trabajos que lleven consigo la utilización de dispositivos de aire comprimido.
Actividades del personal de tierra en los aeropuertos.
Trabajos de percusión.
Trabajos de los sectores de la madera y textil.
6. Protección del tronco, los brazos y las manos.
Prendas y equipos de protección:
Manipulación o utilización de productos ácidos y alcalinos, desinfectantes y detergentes corrosivos.
Trabajos con masas ardientes o permanencia cerca de éstas y en ambiente caliente.
Manipulación de vidrio plano.
Trabajos de chorreado con arena.
Trabajos en cámaras frigoríficas.
Ropa de protección antiinflamable:
Trabajos de soldadura en locales exiguos.
Mandiles antiperforantes:
Trabajos de deshuesado y troceado.
Manipulación de cuchillos de mano, cuando el cuchillo deba orientarse hacia el cuerpo.
Mandiles de cuero y otros materiales resistentes a partículas y chispas incandescentes:
Trabajos de soldadura.
Trabajos de forja.
Trabajos de fundición y moldeado.
Manguitos y mangos protectores del antebrazo y del brazo: trabajos de deshuesado y troceado.
Guantes:
Trabajos de soldadura.
Manipulación de objetos con aristas cortantes, salvo que se utilicen máquinas con riesgo de que el guante quede atrapado.
Manipulación o utilización de productos ácidos y alcalinos.
Trabajos con riesgo eléctrico.
Guantes de metal tranzado, malla metálica, etc.
Trabajos de deshuesado y troceado.
Utilización habitual de cuchillos de mano en la producción y los mataderos.
Sustitución de cuchillas en las máquinas
de cortar.
7. Ropa de protección para el mal tiempo.
Trabajos al aire libre con tiempo lluvioso o frío.
8. Ropa y prendas de seguridad. Señalización.
Trabajos que exijan que las prendas sean vistas a tiempo.
9. Dispositivos de presión del cuerpo y equipos
de protección anticaídas (arneses de seguridad, cinturones
anticaídas, equipos varios anticaídas y equipos con freno
«absorbente de energía cinética»).
Trabajos en andamios.
Montaje de piezas prefabricadas.
Trabajos en postes y torres.
Trabajos en cabinas de grúas situadas en altura.
Trabajos en cabinas de conductor de estibadores con horquilla elevadora.
Trabajos en emplazamientos de torres de perforación situados en altura.
Trabajos en pozos y canalizaciones.
10. Prendas y medios de protección de la piel.
Manipulación con revestimientos; productos o sustancias que puedan afectar a la piel o penetrar a través de ella.
Trabajos de curtido.
ANEXO IV
Indicaciones no exhaustivas para la evaluación
de equipos de protección individual
1. Cascos de protección para la industria.
2. Protectores de los ojos y de la cara.
3. Protectores del oído.
4. Protectores de las vías respiratorias.
5. Guantes de protección.
6. Zapatos y botas de seguridad.
7. Ropa de protección.
8. Chalecos salvavidas para la industria.
9. Protectores contra caídas.
1. Cascos de protección para la industria
Riesgos que deben cubrirse
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Acciones mecánicas
Acciones eléctricas Acciones térmicas
Falta de visibilidad |
Caídas de objetos, choques.
Aplastamiento lateral. Puntas de pistola para soldar plásticos Baja tensión eléctrica Frio o calor. Proyección de metal en fusión
Percepción insuficiente |
Capacidad de amortiguación
de los choques. Resistencia a la perforación. Rigidez lateral.
Resistencia a los tiros.
Aislamiento eléctrico. Mantenimiento de las funciones de protección a bajas y altas temperaturas. Resistencia a las proyecciones de metales en fusión. Color de señalización/retrorreflexión |
Riesgos debidos al equipo
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Incomodidad y molestias al trabajar
Accidentes y peligros para la salud
Alteración de la función protectora debido al envejecimiento |
Insuficiente confort de uso
Mala compatibilidad. Falta de higiene. Mala estabilidad, caída del casco. Contacto con llamas Intemperie, condiciones ambientales, limpieza, utilización. |
Concepción ergonómica:
Peso. Altura a la que debe llevarse. Adaptación a la cabeza. Ventilación. Calidades de los materiales. Facilidad del mantenimiento. Mantenimiento del casco sobre la cabeza. Incombustibilidad y resistencia a la llama. Resistencia del equipo a las agresiones industriales. Mantenimiento de la función protectora durante toda la duración de vida del equipo. |
Riesgos debidos a la utilización del equipo
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Eficacia protectora insuficiente | Mala elección del equipo
Mala utilización del equipo
Suciedad, desgaste o deterioro del equipo |
Elección del equipo en
función de la naturaleza y la importancia de los riesgos y condicionamientos
industriales:
Respeto de las indicaciones del fabrican te (instrucciones de uso). Respeto del marcado del equipo (ej.: clases de protección, marca correspondiente a una utilización específica). Elección del equipo en relación con los factores individuales del usuario. Utilización apropiada del equipo y con conocimiento del riesgo. Respeto de las indicaciones del fabricante. Mantenimiento en buen estado. Controles periódicos. Sustitución oportuna. Respeto de las indicaciones del fabricante |
2. Protectores de los ojos y de la cara
Riesgos que deben cubrirse
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Acciones generales no específicas
Acciones mecánicas
Acciones térmicas/mecánicas. Acción del frío
Acción química
Acción de las radiaciones. |
Molestias debidas a la utilización.
Penetración de cuerpos extraños de poca
energía.
Partículas de alta velocidad, esquirlas, proyección. Puntas de pistola para soldar plásticos. Partículas incandescentes a gran velocidad. Hipotermia de los ojos. Irritación causada por: Gases. Aerosoles. Polvos. Humos. Fuentes técnicas de radiaciones infrarrojas, visibles y ultravioletas, radiaciones ionizantes y radiación láser. Radiación natural: luz de día |
Ocular con resistencia mecánica
suficiente y un modo de rotura en esquirla no peligroso.
Estanquidad y resistencia.
Resistencia mecánica.
Resistencia a los productos incandescentes o en fusión. Estanquidad en la cara.
Estanquidad (protección lateral) y resistencia
química.
Características filtrantes del ocular. Estanquidad de la radiación de la montura. Montura opaca a la radiación. |
Riesgos debidos al equipo
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Incomodidad y molestias al trabajar.
Accidentes y peligros para la salud.
Accidentes y peligros para la salud.
Alteración de la función protectora debido al envejecimiento.
|
Insuficiente confort de uso:
Volumen demasiado grande. Aumento de la transpiración. Mantenimiento deficiente demasiado presión de contacto. Mala compatibilidad. Falta de higiene. Riesgo de corte debido a la presencia de aristas cortantes. Alteración de la visión debida a mala calidad óptica, como distorsión de las imágenes, modificación de los colores, en particular de las señales, difusión. Reducción del campo visual. Reflejos. Cambio brusco e importante de transparencia (claro/oscuro). Ocular empañado. Intemperie, condiciones ambientales, limpieza, utilización. |
Diseño ergonómico:
Menor volumen. Ventilación suficiente, ocular antivaho. Adaptabilidad individual al usuario.
Calidad de los materiales. Facilidad de mantenimiento. Aristas y bordes redondeados. Utilización de oculares de seguridad. Controlar la clase de calidad óptica. Utilizar oculares resistentes a la abrasión.
Oculares de dimensiones suficientes. Oculares y montura antirreflejos. Velocidad de reacción de los oculares (fotocrómicos). Equipo antivaho. Resistencia del protector a las agresiones industriales. Mantenimiento de la función protectora durante toda la duración de utilización. |
Riesgos debidos a la utilización del equipo
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Eficacia insuficiente de la protección.
|
Mala elección del equipo.
Mala utilización del equipo.
Suciedad, desgaste o deterioro del equipo |
Elección del equipo en
función de la naturaleza y la importancia de los riesgos y condicionamientos
industriales:
Respeto de las indicaciones del fabrican te (instrucciones de uso). Respeto del marcado del equipo (ej.: clases de protección, marca correspondiente a una utilización específica). Elección del equipo en relación con los factores individuales del usuario. Utilización apropiada del equipo y con conocimiento del riesgo. Respeto de las indicaciones del fabricante. Mantenimiento en buen estado. Controles periódicos. Sustitución oportuna. Respeto de las indicaciones del fabricante. |
3. Protectores del oído
Riesgos que deben cubrirse
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Acción del ruido.
Acciones térmicas. |
Ruido continuo.
Ruido repentino. Proyecciones de gotas de metal, ej. al soldar. |
Atenuación acústica
suficiente para cada situación sonora.
Resistencia a los productos fundidos o incandescentes.
|
Riesgos debidos al equipo
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Incomodidad y molestias al trabajar.
Limitación de la capacidad de comunicación
acústica.
Accidentes y peligros para la salud.
Alteración de la función protectora debida al envejecimiento. |
Insuficiente confort de uso:
Demasiado voluminoso. Demasiada presión. Aumento de la transpiración, insuficiente mantenimiento en posición. Deterioro de la inteligibilidad de la palabra, del reconocimiento
de las señales, del reconocimiento de los ruidos informativos en
relación con el trabajo, de la localización direccional.
Mala compatibilidad. Falta de higiene. Materiales inadaptados. Aristas vivas. Enganchamiento del pelo. Contacto con cuerpos incandescentes. Contacto con la llama.
Intemperie, condiciones ambientales, limpieza, utilización. |
Diseño ergonómico:
Volumen. Esfuerzo y presión de aplicación. Adaptabilidad individual.
Variación de la atenuación con la frecuencia, reducción de las potencias acústicas. Posibilidad de reemplazar los auriculares por tapones para los oídos. Elección previa prueba auditiva. Utilización de un protector electroacústico apropiado. Calidades de los materiales. Facilidad de mantenimiento, posibilidad de sustitución de las orejeras por auriculares, utilización de tapones desechables para los oídos. Limitación del diámetro de la fibras minerales de los tapones para los oídos. Aristas y ángulos redondeados. Eliminación de los elementos que puedan producir pellizcos. Resistencia a la combustión y a la fusión. Ininflamabilidad, resistencia a la llama. Resistencia del equipo a las agresiones industriales. Mantenimiento de la función protectora durante toda la duración de vida del equipo. |
Riesgos debidos a la utilización del equipo
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Eficacia protectora insuficiente. | Mala elección del equipo.
Mala utilización del equipo.
Suciedad, desgaste o deterioro del equipo. |
Elección del equipo en
función de la naturaleza y la importancia de los riesgos y condicionamientos
industriales:
Respeto de las indicaciones del fabrican te (instrucciones de uso). Respeto del marcado del equipo (ej.: clases de protección, marca correspondiente a una utilización específica). Elección del equipo en función de los factores individuales del usuario. Utilización apropiada del equipo y conocimiento del riesgo. Respeto de las indicaciones del fabricante. Mantenimiento en buen estado. Controles periódicos. Sustitución oportuna. Respeto de las indicaciones del fabricante. |
4. Protectores de las vías respiratorias
Riesgos que deben cubrirse
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Acciones de sustancias peligrosas
contenidas en el aire respirable.
Falta de oxígeno en el aire respirable.
|
Contaminantes atmosféricos
en forma de partículas (polvos, humos, aerosoles).
Contaminantes en forma de gases y vapores.
Contaminantes en forma de aerosoles de partículas
y de gases.
Retención del oxígeno. Descenso del oxígeno. |
Filtros de partículas de
eficacia apropiada (clase de filtración) a la concentración,
a la toxicidad/nocividad para la salud y al espectro granulométrico
de las partículas.
Merecen especial atención las partículas líquidas (gotitas, nieblas). Elección de los tipos de filtro antigás apropiados y de las clases en función de las concentraciones, la toxicidad/nocividad para la salud, la duración de la utilización prevista y las dificultades del trabajo. Elección de las combinaciones apropiadas de filtros análoga a la de los filtros frente a las partículas y los filtros antigás. Garantía de alimentación de aire respirable del equipo. Respeto de la capacidad de suministro de aire respirable del equipo en relación con el tiempo de intervención.
|
Riesgos debidos al equipo
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Incomodidad y molestias al trabajar.
Accidentes y peligros para la salud.
Alteración de la función protectora debido al envejecimiento. |
Insuficiente confort de uso:
Tamaño. Volumen. Alimentaciones. Resistencia respiratoria. Microclima bajo la máscara. Utilización.
Mala compatibilidad. Falta de higiene.
No estanquidad (fuga).
Enriquecimiento en CO del aire inspirado.
Contacto con las llamas, chispas o proyecciones de metales en fusión. Reducción del campo visual. Contaminación.
Intemperie, condiciones ambientales, limpieza, utilización. |
Diseño ergonómico:
Adaptabilidad. Volumen escaso, buen reparto de los volúmenes. Libertad de movimiento para la cabeza. Resistencia respiratoria y sobrepresión en la zona respiratoria. Aparato con válvulas, ventilación asistida. Manipulación/utilización sencillas. Calidad de los materiales. Facilidad de mantenimiento y desinfección. Apoyo estanco de la pieza facial sobre la cara del portador; estanquidad del equipo. Equipo provisto de válvulas respiratorias, según el caso, con ventilación asistida o absorbedores de CO. Utilización de materiales ininflamables.
Amplitud suficiente del campo visual. Resistencia, aptitud para la descontaminación. Resistencia del equipo a las agresiones industriales. Mantenimiento de la función protectora durante toda la duración de vida del equipo.
|
Riesgos debidos a la utilización del equipo
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Eficacia protectora insuficiente | Mala elección del equipo.
Mala utilización del equipo.
Suciedad, desgaste o deterioro del equipo. |
Elección del equipo en
función de la naturaleza y la importancia de los riesgos y condicionamientos
industriales:
Respeto de las indicaciones del fabricante (instrucciones de uso). Respeto del marcado del equipo (ej.: clases de protección, marca correspondiente a una utilización específica). Respeto de los límites de uso y de los plazos de utilización; en caso de concentraciones demasiado fuertes o falta de oxígeno, se utilizarán equipos aislantes en vez de equipos filtrantes. Elección del equipo en función de los factores individuales del usuario y de la posibilidad de adaptación. Utilización apropiada del equipo y con conocimiento del riesgo. Respeto de las normas de uso, de las informaciones y de las instrucciones del fabricante, de los organismos de seguridad y de los laboratorios de ensayo. Mantenimiento en buen estado. Controles periódicos. Respeto de la duración de utilización. Sustitución oportuna. Respeto de las indicaciones del fabricante, así como de las normas de seguridad. |
5. Guantes de protección
Riesgos que deben cubrirse
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Acciones generales.
Acciones mecánicas.
Acciones térmicas.
Acciones eléctricas. Acciones químicas.
Acciones de las vibraciones. Contaminación. |
Por contacto.
Desgaste relacionado con el uso. Por abrasivos de decapado, objetos cortantes o puntiagudos. Choques. Productos ardientes o fríos, temperatura ambiente. Contacto con llamas. Acciones al realizar trabajos de soldadura. Tensión eléctrica. Daños debidos a acciones químicas. Vibraciones mecánicas.
Contacto con productos radiactivos. |
Envoltura de la mano.
Resistencia al desgarro, alargamiento, resistencia a la abrasión. Resistencia a la penetración, a los pinchazos y
a los cortes.
Relleno.
Aislamiento contra el frío o el calor. / Ininflamabilidad, resistencia a la llama. Protección y resistencia a la radiación y a la proyección de metales en fusión. Tensión eléctrica. Estanquidad, resistencia.
Atenuación de las vibraciones.
Estanquidad, aptitud para la descontaminación, resistencia. |
Riesgos debidos al equipo
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Incomodidad y molestias al trabajar.
Accidentes y peligros para la salud.
Alteración de la función protectora debido al envejecimiento. |
Insuficiente confort de uso.
Mala compatibilidad. Falta de higiene. Adherencia excesiva. Intemperie, condiciones ambientales, limpieza, utilización. |
Diseño ergonómico:
Volumen, progresión de las tallas, masa de la superficie, confort, permeabilidad al vapor de agua. Calidades de los materiales. Facilidad de mantenimiento. Forma ajustada, hechura. Resistencia del equipo a las agresiones industriales. Mantenimiento de la función protectora durante toda la duración de vida del equipo. Conservación de las dimensiones. |
Riesgos debidos a la utilización del equipo
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Eficacia protectora insuficiente. | Mala elección del equipo.
Mala utilización del equipo.
Mantenimiento en buen estado. |
Elección del equipo en
función de la naturaleza y la importancia de los riesgos y condicionamientos
industriales:
Respeto de las indicaciones del fabricante (instrucciones de uso). Respeto del marcado del equipo (ej.: clases de protección, marca correspondiente a una utilización específica). Elección del equipo en función de los factores individuales del usuario. Utilización apropiada del equipo y con conocimiento del riesgo. Respetando las indicaciones del fabricante. Controles periódicos. Sustitución oportuna. Respetando las indicaciones del fabricante. |
6. Zapatos y botas de seguridad
Riesgos que deben cubrirse
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Acciones mecánicas.
Acciones eléctricas.
Acciones térmicas.
Acciones químicas. |
Caídas de objetos o aplastamientos
de la parte anterior del pie.
Caída e impacto sobre el talón del pie. Caída por resbalón. Caminar sobre objetos puntiagudos o cortantes. Acción sobre: Los maléolos. El metatarso. La pierna. Baja y media tensión. Alta tensión. Frío o calor. Proyección de metales en fusión. Polvos o líquidos agresivos. |
Resistencia de la punta del calzado.
Capacidad del tacón para absorber energía. Refuerzo del contrafuerte. Resistencia de la suela al deslizamiento. Calidad de la suela antiperforación. Existencia de una protección eficaz: De los maléolos. Del metatarso. De la pierna. Aislamiento eléctrico. Conductibilidad eléctrica. Aislamiento térmico. Resistencia y estanquidad.
Resistencia y estanquidad. |
Riesgos debidos al equipo
Riesgos
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Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Incomodidad y molestias al trabajar.
Accidentes y peligros para la salud.
Alteración de la función de protección
debida al envejecimiento
Carga electroestática del portador. |
Insuficiente confort de uso:
Mala adaptación del calzado al pie. Mala evacuación de la transpiración. Fatiga debida a la utilización del equipo. Penetración de la humedad. Mala compatibilidad. Falta de higiene. Riesgo de luxaciones y esguinces debido a la mala sujeción del pie. Intemperie, condiciones ambientales, limpieza, utilización.
Descarga electroestática. |
Diseño ergonómico:
Forma, relleno, número del calzado.
Permeabilidad al vapor de agua y capacidad de absorción de agua. Flexibilidad, masa.
Estanquidad. Calidad de los materiales. Facilidad de mantenimiento. Rigidez transversal del calzado y de la combadura del calzado, buena adaptación al pie. Resistencia de la suela a la corrosión, a la abrasión al uso. Resistencia del equipo a las agresiones industriales. Mantenimiento de la función protectora durante toda la duración de utilización. Conductibilidad eléctrica. |
Riesgos debidos a la utilización del equipo
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Eficacia protectora insuficiente. | Mala elección del equipo.
Mala utilización del equipo.
Suciedad, desgaste o deterioro del equipo. |
Elección del equipo en
función de la naturaleza y la importancia de los riesgos y condicionamientos
industriales:
Respetando las indicaciones del fabrican te (instrucciones de uso). Respetando el marcado del equipo (ej.: clases de protección, marca correspondiente a una utilización específica). Elección del equipo en función de los factores individuales del usuario. Utilización apropiada del equipo y con conocimiento del riesgo. Respetando las indicaciones del fabricante. Mantenimiento en buen estado. Controles periódicos. Sustitución oportuna. Respetando las indicaciones del fabricante. |
7. Ropa de protección
Riesgos que deben cubrirse
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Acciones generales.
Acciones mecánicas.
Acciones térmicas.
Acción de la electricidad. Acciones químicas.
Acción de la humedad. Falta de visibilidad. Contaminación. |
Por contacto.
Desgaste debido a la utilización. Por abrasivos de decapado, objetos puntiagudos y cortantes. Productos ardientes o fríos, temperatura ambiente. Contacto con las llamas Por trabajos de soldadura. Tensión eléctrica.
Daños debidos a acciones químicas. Penetración de agua. Percepción insuficiente. Contacto con productos radiactivos. |
Protección del tronco.
Resistencia al rasgado, alargamiento, resistencia al comienzo de rasgado. Resistencia a la penetración.
Aislamiento contra el frío o el calor, mantenimiento de la función protectora. Incombustibilidad, resistencia a la llama. Protección y resistencia a la radiación y a las proyecciones de metales en fusión. Aislamiento eléctrico. Estanquidad y resistencia a las agresiones químicas. Permeabilidad al agua. Color vivo, retrorreflexión. Estanquidad, aptitud para la descontaminación, resistencia. |
Riesgos debidos al equipo
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Incomodidad y molestias al trabajar.
Accidentes y peligros para la salud.
Alteración de la función de protección debida al envejecimiento. |
Insuficiente confort de uso
Mala compatibilidad. Falta de higiene. Adherencia excesiva. Intemperie, condiciones ambientales, limpieza, utilización. |
Diseño ergonómico:
Dimensiones, progresión de las tallas, volumen de superficie, confort, permeabilidad al vapor de agua. Calidad de los materiales. Facilidad de mantenimiento. Forma ajustada, hechura. Resistencia del equipo a las agresiones industriales. Mantenimiento de la función protectora durante toda la duración de vida del equipo. Conservación de las dimensiones.
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Riesgos debidos a la utilización del equipo
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Eficacia protectora insuficiente. | Mala elección del equipo.
Mala utilización del equipo.
Suciedad, desgaste o deterioro del equipo. |
Elección del equipo en
función de la naturaleza y la importancia de los riesgos y condicionamientos
industriales:
Respetando las indicaciones del fabrican te (instrucciones de uso). Respetando el marcado del equipo (ej.: clases de protección, marca correspondiente a una utilización específica). Elección del equipo en función de los factores individuales del usuario. Utilización apropiada del equipo y con conocimiento del riesgo. Respetando las indicaciones del fabricante. Mantenimiento en buen estado. Controles periódicos. Sustitución oportuna. Respetando las indicaciones del fabricante. |
8. Chalecos salvavidas para la industria
Riesgos que deben cubrirse
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Ahogamiento. | Caída al agua de una persona vestida con ropa de trabajo, eventualmente sin conocimiento o privada de sus capacidades físicas. | Flotabilidad suficiente.
Capacidad de vuelta a la posición estable, incluso en caso de inconsciencia del portador. Tiempo de inflado. Puesta en marcha del dispositivo de inflado automático. Francobordo (mantenimiento de la boca y de la nariz fuera del agua). |
Riesgos debidos al equipo
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Incomodidad y molestias al trabajar.
Accidentes y peligros para la salud.
Alteración de la función de protección debida al envejecimiento.
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Molestias debidas a dimensiones
o forma inapropiadas.
Pérdida del chaleco al caer al agua. Deterioro del chaleco durante su utilización.
Alteración de la función del sistema de
inflado.
Intemperie, condiciones ambientales, limpieza, utilización. |
Diseño ergonómico
que no restrinja la visión, la respiración o los movimientos
del portador, disposición correcta de los órganos de maniobra.
Diseño del chaleco (mantenimiento en posición). Resistencia a las agresiones mecánicas (choque, aplastamiento, perforación, sobrepresión). Mantenimiento de la función de seguridad en todas las condiciones de empleo. Características del gas de llenado (volumen de la carga de gas, inocuidad). Eficacia del dispositivo de inflado automático (también tras un período de almacenamiento importante). Posibilidad de puesta en acción manual. Existencia de un dispositivo bucal de inflado accesible al portador incluso cuando éste lleva puesto el chaleco. Instrucciones de uso someras grabadas de manera indeleble en el chaleco. Resistencia a las agresiones químicas, biológicas y físicas: agua de mar, detergentes, hidrocarburos, microorganismos (bacterias, moho). Resistencia a las agresiones climáticas: condicionamientos térmicos, humedad, lluvia, proyecciones de agua, radiación solar. Resistencia de los materiales constituyentes y de las cubiertas de protección: rasgados, abrasión, inflamabilidad, proyección de metales en fusión (soldadura). |
Riesgos debidos a la utilización del equipo
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Eficacia protectora insuficiente. | Mala elección del equipo.
Mala utilización del equipo.
Suciedad, desgaste o deterioro del equipo. |
Elección del equipo en
función de la naturaleza y la importancia de los riesgos y condicionamientos
industriales:
Respetando las indicaciones del fabrican te (instrucciones de uso). Respetando el marcado del equipo (ej.: clases de protección, marca correspondiente a una utilización específica). Elección del equipo en función de los factores individuales del usuario. Utilización apropiada del equipo y con conocimiento del riesgo. Respetando las indicaciones del fabricante. Respetando las instrucciones de uso someras. Mantenimiento en buen estado. Controles periódicos. Sustitución oportuna. Respetando las indicaciones del fabricante.
|
9. Protectores contra las caídas
Riesgos que deben cubrirse
Riesgos
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Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Impacto. | Caída de altura.
Pérdida del equilibrio |
Resistencia y aptitud del equipo y del punto de enganche (anclaje). |
Riesgos debidos al equipo
Riesgos
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Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Incomodidad y molestias al trabajar.
Accidentes y peligros para la salud.
Dispositivo de enlace corto, por ejemplo, reductor de correa, dispositivo anticaídas. |
Diseño ergonómico
insuficiente.
Limitación de la libertad de movimientos.
Tensión dinámica ejercida sobre el equipo
y el usuario durante el frenado de la caída.
Movimiento pendular y choque lateral.
Carga estática en suspensión ejercida por las correas. Tropiezo en el dispositivo de enlace.
Alteración de la resistencia mecánica relacionada con la intemperie, las condiciones ambientales, la limpieza y la utilización. |
Diseño ergonómico:
Modo de construcción. Volumen. Flexibilidad. Facilidad de colocación. Dispositivo de presión con regulación automática longitudinal. Aptitud del equipo: Reparto de los esfuerzos de frenado entre las partes del cuerpo que tengan cierta capacidad de absorción. Reducción de la fuerza de frenado. Distancia de frenado. Posición de la hebilla de fijación. Punto de enganche por encima de la cabeza, enganche en otros puntos (anclaje). Diseño del equipo (reparto de fuerzas).
Dispositivo de enlace corto, por ejemplo, reductor de correa, dispositivo anticaídas. Resistencia a la corrosión. Resistencia del equipo a las agresiones industriales. Mantenimiento de la función de protección durante toda la duración de utilización. |
Riesgos debidos a la utilización del equipo
Riesgos
|
Origen y forma de los riesgos | Factores que se deben tener en cuenta desde el punto de vista de la seguridad para la elección y utilización del equipo |
Eficacia protectora insuficiente. | Mala elección del equipo.
Mala utilización del equipo.
Suciedad, desgaste o deterioro del equipo |
Elección del equipo en
función de la naturaleza y la importancia de los riesgos y condicionamientos
industriales:
Respetando las indicaciones del fabrican te (instrucciones de uso). Respetando el marcado del equipo (ej.: clases de protección, marca correspondiente a una utilización específica). Elección del equipo en función de los factores individuales del usuario. Utilización apropiada del equipo y con conocimiento del riesgo. Respetando las indicaciones del fabricante. Mantenimiento en buen estado. Controles periódicos. Sustitución oportuna. Respetando las indicaciones del fabricante. |
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