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Dudas y preguntas
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¿Cómo me puedo adherir al plan de pensiones de la AGE?
Al
cumplir los dos años de antigüedad, todo empleado que preste sus
servicios en cualquiera de las entidades promotoras causa alta
automática en el Plan. Es independiente que sea funcionario de carrera
o interino, personal contratado, personal eventual o alto cargo.
¿Cómo puedo darme de alta en bbva net age?
Una
vez identificado, para darse de alta en el servicio de información BBVA
NET AGE, deberá solicitar los 16 dígitos que constituyen su clave de
acceso al sistema, así como los 4 dígitos del código PIN. Este servicio
da la posibilidad de acceder a los datos de mi Plan de Pensiones a
través de la dirección www.bbvanet.com\age. Aquellos partícipes que
siendo clientes de BBVA deseen tener acceso a una información integrada
de su Plan de Pensiones y del resto de productos que poseen en la
Entidad, deberá manifestarlo expresamente en la oficina correspondiente.
¿Cúal es la fiscalidad de las aportaciones?
Todas
las aportaciones, tanto las obligatorias del Promotor como las
Voluntarias, reducen la base imponible del Impuesto de la Renta de las
Personas Físicas, con el único límite de que la Base Liquidable no
podrá ser negativa en ningún caso.
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La Administración define las condiciones de participación en el Plan de Pensiones
PLANES DE FUTURO, EN MARCHA
El
Plan de Pensiones del Sistema de Empleo de Promoción Conjunta,
promovido por la Administración General del Estado, ya está en marcha.
Desde diciembre es posible realizar aportaciones voluntarias y
suplementarias, con un máximo de 8.000 euros anuales, una cifra que se
incrementa por encima de esa edad, a razón de 1.250 euros por año,
hasta un tope de 24.250 euros para personas de 65 años o más.
La
comisión de control del Plan de Pensiones de la Administración General
del Estado ha dado a conocer las condiciones de participación de los
empleados públicos en el Plan de Pensiones del Sistema de Empleo de
Promoción Conjunta. Tal y como estaba establecido desde un principio,
el ámbito de participación en este Plan se limita a los empleados que
prestan servicio en las Entidades Promotoras de la Administración
General del Estado –funcionarios de carrera o interinos, personal
contratado, personal eventual o altos cargos– y cuentan al menos con
dos años de permanencia en dichas entidades promotoras. El Plan de
Pensiones se formalizó el pasado 9 de septiembre, tras el concurso que
adjudicó la gestión y depósito de este Plan a Gestión de Prevención y
Pensiones, E.G.F.P., SA y a BBVA, que integraron esta actividad,
posteriormente, en BBVA Empleo Doce, Fondo de Pensiones. A partir
de ese momento, se abrió un plazo de dos meses, durante el cual se
podía renunciar a ser incluido en el Plan. Con ello, se perdía el
derecho a recibir aportaciones en él por parte de la Entidad Promotora,
sin que el importe de tales aportaciones pueda recibirse como salario
ni en ningún otro concepto.
De esta forma, a partir del pasado 13 de diciembre se abrió la
posibilidad para los partícipes de solicitar su certificado de
pertenencia al Plan en cualquier oficina de BBVA, identificándose con
su nombre, apellidos y DNI. En el caso de que, además, se quieran
recibir las certificaciones anuales y fiscales correspondientes al Plan
de Pensiones, se deberán también facilitar en la oficina de BBVA los
datos domiciliarios.
La cuantía de la contribución del promotor para el año 2004 depende de
dos parámetros: por un lado, el grupo de titulación (Cuantías en cuadro
1) y por el otro, el número de periodos de tres años de servicios del
empleado público (Cuadro 2). La contribución por cada tres años de
servicio asciende, en el año 2004, a 5,72 euros con independencia del
Grupo de titulación. Esta primera contribución se produjo el pasado 30
de noviembre.
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Límite de Aportación |
Edad |
Personal |
Promotor |
Total |
52 años |
8.000 |
8.000 |
16.000 |
53 años |
9.250 |
9.250 |
18.500 |
54 años |
10.500 |
10.500 |
21.000 |
55 años |
11.750 |
11.750 |
23.500 |
56 años |
13.000 |
13.000 |
26.000 |
57 años |
14.250 |
14.250 |
28.500 |
58 años |
15.500 |
15.500 |
31.000 |
59 años |
16.750 |
16.750 |
33.500 |
60 años |
18.000 |
18.000 |
36.000 |
61 años |
19.250 |
19.250 |
38.500 |
62 años |
20.500 |
20.500 |
41.000 |
63 años |
21.750 |
21.750 |
43.500 |
64 años |
23.000 |
23.000 |
46.000 |
65 años |
24.250 |
24.250 |
48.500 |
Cuadro
2. Tabla de contribución al Plan de Pensiones por parte del promotor,
según periodos de tres años de servicio del empleado público
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Aportaciones voluntarias
De la misma forma, los empleados también pueden realizar ya
aportaciones voluntarias al Plan. Con carácter general, las
aportaciones no podrán exceder de 8.000 euros anuales. A partir de los
52 años de edad, la cantidad se incrementa en razón de 1.250 euros al
año y con un límite máximo de 24.250 euros para partícipes de 65 o más
años. En todo caso, las aportaciones voluntarias que pudieran ser
realizadas después de que se haya pasado a la situación de jubilación
sólo podrán hacerse efectivas para la contingencia de fallecimiento, a
percibir por los beneficiarios de tal contingencia.
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