1. En qué consiste
Es un Plan de Pensiones de
Sistema de Empleo (Colectivo) y de modalidad Mixto. Un Plan de
Previsión y Ahorro para el futuro con el que se trata de
conseguir en el momento de la jubilación un complemento para la
pensión pública y que lleva, además, incorporada
una cobertura de seguro por fallecimiento e invalidez de 25.000 euros.
Actualmente, este tipo de planes, se han convertido en un importante
instrumento de negociación en las empresas , privadas y
públicas, incorporándose en muchos convenios colectivos
como parte del salario social de los trabajadores.
2. Quiénes lo forman
a) La Universidad y sus
empleados acuerdan la puesta en marcha del Plan. La Universidad es el
Promotor e insta a la creación del mismo a favor de sus
empleados. Estos últimos son los partícipes en cuyo
interés se crea el Plan. “Podrá ser
partícipe cualquier empleado de la Universidad de Alicante que
cuente, al menos, con un año de permanencia en la misma. A los
efectos del presente Plan, tendrá la consideración de
empleado cualquier persona que preste servicios en la Universidad de
Alicante en la condición de funcionario de carrera o interino,
personal contratado, personal eventual o alto cargo”. Las
condiciones para el cómputo del período mínimo de
permanencia necesario para adquirir la condición de
partícipe, vienen reguladas en el artículo 11, apartados
3º, 4º y 5º, del Reglamento de Especificaciones del Plan.
b) El Boletín de Adhesión
es el documento imprescindible para causar alta como partícipe
en el Plan. A través de él se manifiesta la voluntad de
integrarse en el mismo y el cumplimiento de lo dispuesto en su
Reglamento. Contiene los datos personales del Partícipe y un
epígrafe para los datos de los Beneficiarios, que podrán
disponer del patrimonio del Plan en caso de fallecimiento de su
titular. Si no se detallan éstos, se entenderá que son
los herederos legales. El Partícipe podrá indicar, en el
apartado para ello, el importe de su aportación voluntaria si
desea hacerla. Los Boletines deberán ser entregados en Recursos
Humanos antes del día 31 de Julio y darán lugar a la
primera relación formal de partícipes una vez comprobado
que cumplen las exigencias del plan de pensiones. Se adjunta un modelo.
3. Cómo se financia
a) La aportación
que realizará el Promotor (la Universidad) a cada
partícipe será el resultado de dividir entre el
número de partícipes con derecho a dicha
aportación el importe resultante de restar a la cantidad
consignada anualmente en los Presupuestos de la Universidad de
Alicante, en el concepto de Ayuda Social, las cantidades
correspondientes a:
-
El resto de conceptos que integran la ayuda social.
-
Las primas de seguro que protejan las contingencias de fallecimiento e invalidez.
-
Las determinadas en el
Reglamento de Especificaciones del Plan para el personal que
accederá a la jubilación en los próximos quince
años.
b) En el año 2004, la Universidad de Alicante realizará una aportación inicial de 654.849,29 euros.
Las aportaciones , a partir de 2005, serán las establecidas en
el acuerdo adoptado por el Consejo Social el 11 de Junio de 2003.
d) El Partícipe
(el empleado) puede realizar aportaciones por su cuenta con
carácter voluntario con periodicidad mensual, así como
aportaciones extraordinarias (Art. 21 2.1).
e) Cada
Partícipe mantiene su cuenta de posición individual en el
Plan con las aportaciones del promotor, las suyas, y la correspondiente
rentabilidad.
4. Cómo se rentabiliza el dinero aportado
Como se le aplican
sistemas financieros y actuariales de capitalización individual
y es una fórmula a largo plazo, se obtiene una buena
rentabilidad.
5. Cuándo se puede disponer del ahorro
Como es una fórmula
de ahorro con el objetivo de la jubilación solo puede disponerse
del dinero en los casos siguientes:
-
Jubilación (en el momento en que se produzca, no necesariamente a los 65 años).
-
Fallecimiento e invalidez.
-
Largo desempleo.
-
Enfermedad grave.
Cuando llegue el momento
se podrá disponer del patrimonio del Plan (aportaciones +
rentabilidad) en forma de Capital o de Renta. En éste
último caso se acomodará a la conveniencia de cada
partícipe.
6. El Plan de Pensiones de Sistema de Empleo ¿es igual que el individual?
Tiene características diferenciadas que le ofrecen indudables ventajas:
-
Los gastos de gestión suelen ser inferiores al individual. En este plan de la Universidad son muy inferiores.
-
Las aportaciones disfrutan de mayor flexibilidad.
-
Existe un mayor Control del Plan por los Partícipes.
-
Son dos figuras las que pueden aportar: el Promotor y el Partícipe (En el individual solo aporta el Partícipe).
Aquellos
Partícipes que posean un plan de pensiones individual
podrán, si así lo desean, traspasarlo a éste.
7. Las ventajas fiscales
Las aportaciones
realizadas al Plan se deducen de la Base Imponible en la
Declaración del Impuesto sobre la Renta hasta 8.000 euros
anuales. Este límite aumenta para los mayores de 52 años,
a razón de 1.250 euros por año. El Promotor no cotiza por
esos importes a la S. Social. Las aportaciones no están sujetas
a retención.
Cuando las prestaciones
se cobren en forma de renta se integrarán como rendimientos del
trabajo. Y en forma de capital el rendimiento del trabajo se reduce en
un 40% a partir de los dos años de antigüedad del Plan.
8. Se participa en la gestión
El Plan exige la
constitución de una Comisión de Control formada por
representantes del Promotor y de los Partícipes. En nuestro plan
la representación es:
Promotor : cuatro representantes designados por el Rector.
Partícipes : un miembro por cada sindicato que haya obtenido
delegados en las elecciones a los órganos de
representación de los trabajadores.
En estos momentos está constituida una Comisión Promotora
, que tiene como objetivo la puesta en marcha del Plan y la
aprobación de su reglamento, y que en seis meses dará
paso a la definitiva Comisión de Control.
9. Fondo de Pensiones en el que se integra el Plan
El Plan se incorpora a un
Fondo de Pensiones (PREVICORP F.P.) creado por Mediterráneo Vida
S.A. y la Caja de Ahorros del Mediterráneo en el que se integran
únicamente planes de pensiones de Ayuntamientos e Instituciones
Públicas. Con una vocación moderada en sus inversiones se
mantiene en términos del 15/30% R. Variable y resto en R.
Fija.
10. Reglamento de Especificaciones
Norma que regula las
especificaciones del Plan en aspectos como : ámbito personal del
plan, normas para la constitución y funcionamiento de la
comisión de control, sistema de financiación,
definición de las prestaciones, normas relativas a las altas y
bajas de los partícipes, requisitos para la modificación
del Plan, derechos y obligaciones de los partícipes, etc. Puede
ser consultado en la página Web de la Universidad.
Boletín de adhesión
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