CONTROL VISUAL: Asegura que el extintor se encuentra en
condiciones de funcionar y en el lugar previsto, sin ninguna dificultad
de accesibilidad. La frecuencia aconsejada para efectuar este control es
de un mes. Deberá comprobarse que está:
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En el lugar designado.
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Visible y accesible.
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Con las instrucciones de manejo visibles.
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Con los precintos intactos.
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Exento de corrosión, fugas o boquillas obstruidas.
Con las instrucciones que a continuación se indican,
puede juzgarse el estado de operatividad de los extintores:
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Aguja del manómetro, si lo tiene, por debajo de los
límites de la presión mínima. Suelen identificarse
dos zonas: "Verde" para presión normal y "Roja" para presión
baja e incorrecta.
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Fuga o goteo del agente extintor por la boquilla de descarga.
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Instrucciones de manejo deterioradas o poco claras.
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Palancas o mandos de accionamiento dañados.
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Manguera o boquilla de descarga sueltas o deterioradas.
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Apariencia con síntomas de corrosión.
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No alcanzable por una persona de estatura normal.
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No accesible por obstáculos en el recorrido hasta
alcanzarlo.
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Precinto manipulado.
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No existencia de Placa de Timbre de la Delegación
de Industria, o no actualizada, debiendo considerar que:
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Desde la fecha de timbre, cada 5 años ha debido realizarse
un retimbrado del aparato.
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La "vida máxima" de un extintor es de 20 años,
es decir 5 años después de haberse realizado el retimbrado
3º.
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Falta de etiqueta de revisiones periódicas o de la
constancia en ella de las revisiones periódicas o de la constancia
en ella de las revisiones efectuadas (al menos una vez al año).
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RETIRAR INMEDIATAMENTE, puesto que legalmente está
prohibido su uso, los extintores siguientes:
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Los de más de 20 años.
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Los de tipo de apertura o disparo por volante en la cabeza.
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Los de Espuma Química (normalmente se indica en las
instrucciones "inviértase al usarlo").
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Aquellos en los que la fecha del último timbrado superen
los cinco años de antigüedad.