REGLAMENTO
DE LA COMISIÓN DE INTERCAMBIO DE VACACIONES
DEL PAS

PREAMBULO

El Intercambio de Vacaciones del P.A.S. es una iniciativa social surgida entre y para el Personal de Administración y Servicios de Universidad, consistente en la utilización de los Colegios Mayores o Residencias Universitarias, que los Organos Rectores de la Universidad facilitan gratuitamente, para el disfrute de parte de las vacaciones de este personal.

La Comisión para el Intercambio de Vacaciones del Personal de Administración y Servicios (C.I.V.P.) surge como una de las medidas de acción social que las Universidades integrantes dirigen hacia el P.A.S.

Dicha Comisión es el Organo encargado de la gestión, tramitación y reparto de las plazas en Colegios Mayores y Residencias establecidas al efecto, de las Universidades integrantes,dotándose del presente Reglamento y procedimiento.

Este Reglamento constituye el elemento básico de interpretación de las normas aquí contempladas, a fin de facilitar el funcionamiento y la gestión de la Comisión de Intercambio de Vacaciones del P.A.S., así como del propio Intercambio de Vacaciones, objeto primero y fundamental de este reglamento.

El espíritu de la C.I.V.P. es universal por lo que esta abierta a la inclusión de Universidades tanto de ámbio estatal como extraestatal.

Todas las Universidades que formen parte de la Comisiónde Intercambio de Vacaciones, deberán acatar las normas de funcionamiento establecidas por la Comisión en el presente Reglamento y sus disposiciones de desarrollo.

Art. 1.- Composición de la Comisión
1.1.- La Comisión estará compuesta por las Universidades que se relacionan en la Disposición Adicional de este Reglamento y por las que en su momento se incorporen ajustándose a la normativa fijada en el Procedimiento General.


Cada Universidad estará representada por el Personal deAdministración y Servicios que la misma designa.

La incorporación de nuevos representantes deberá ser acreditada por escrito al Coordinador/a, en el momento de iniciarse la reunión, y este será el encargado de presentar al nuevo miembro al resto de representantes.

1.2.- Cuando la actitud y el comportamiento de algún representante de las Universidades participantes en el Intercambio de Vacaciones, perjudique gravemente el buen funcionamiento de dicho Intercambio,y sea contrario a sus fines, la Comisión podrá decidir ,por una mayoría cualificada de 3/4, la remisión de un escrito suficientemente motivado, dirigido a la Universidad a la que pertenece, solicitando su relevo.
Art. 2.- Funciones de la C.I.V.P.

Serán funciones de la Comisión las siguientes:

a.- Organizar y distribuir las plazas que las Universidades que la integran destinan al efecto.

b.- Coordinar la gestión del Intercambio de Vacaciones.

c.- Mediar y negociar ante los Organos de Gobierno de las distintas Universidades que la componen, a través de sus representantes, para que las condiciones y lugares de alojamiento sean mejoradas y respaldadas con los medios adecuados.

d.- Fomentar la participación de nuevas Universidades en el Intercambio de Vacaciones del P.A.S.

Art. 3.- Organos de Representación y sus funciones

3.1.- Los Órganos de la C.I.V.P. serán el Pleno y Coordinador/a y Secretario/a como órganos unipersonales.

3.2.- El Pleno es el órgano soberano de la C.I.V.P. y estará formado por los representantes designados por las Universidades integrantes. Constituye el máximo órgano de decisión, prevaleciendo sus acuerdos sobre los de cualquier otro órgano.

Son funciones del Pleno, la adopción de acuerdos, asícomo la discusión, elaboración y aprobaciónde las líneas generales de actuación de la Comisión.

3.3.- El Coordinador/a es el encargado de representar a la Comisiónasí como de convocar y coordinar las reuniones. Modera los debates y somete a votación las distintas propuestas que se presenten en el Pleno de la Comisión. Elabora y presenta la Memoria anual de actividades.

3.4.- El Secretario/a cursa las convocatorias, levanta acta y es el fedatario/a y depositario/a de la documentación existenteasí como del resultado de los sorteos para la adjudicación de plazas. Expide certificaciones y notifica el orden de día de las reuniones que se celebren.

3.5.- Las convocatorias deberán ser cursadas con la antelación suficiente y contendrán el orden del día, el lugar,la fecha y hora de las reuniones.

3.6.- El orden del día será fijado por el Coordinador/a.Será obligatoria la inclusión de algún punto en el orden del sía siempre que lo soliciten por escrito al menos 1/3 de las Universidades integrantes.

3.7.- No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure en el orden del día, salvo que estén presentes la totalidad de las Universidades integrantes y así lo acuerden por mayoría absoluta.

3.8.- Los Órganos de Gobierno de cada Universidad deberán asegurar su representanción en todas las reuniones de la Comisión, para garantizar los intereses del P.A.S. en cada una de las mismas.

Art. 4.- Elección de los Órganos Unipersonales

4.1.- a) El Coordinador/a será elegido/a por la C.I.V.P.,por mayoría absoluta, de entre aquellos miembros que voluntariamente presenten sus candidaturas.

b) La elección será por un año, salvo revocacióno renuncia, pudiendo ser nuevamente reelegido según el procedimiento anteriormente descrito. Dicha elección tendrá lugar en la primera reunión anual.

c) En caso de no presentarse candidatos, o si estos no hubiesen obtenido la mayoría necesaria, la elección de Coordinador/ase realizará por sorteo de entre todos los miembros de la C.I.V.P. En dicho sorteo no participarán, si asílo hacen constar, aquellos representantes que hayan ostentado dicho cargo, siempre que no se hubiera completado el ciclo de representaciones.

4.2.- a) El Secretario/a será designado/a de entre los restantes miembros de la C.I.V.P. quien aceptará de manera voluntaria.

b) El Secretario/a cesará cuando lo haga el Coordinador/a que lo designó, o cuando este lo revoque.

c) Si ninguno/a de los candidatos/as propuestos/as acepta ladesignación, la elección del Secretario/a se realizarápor sorteo de entre todos los miembros de la C.I.V.P. En dicho sorteo no participarán, si así lo hacen constar, aquellos representantes que hayan ostentado dicho cargo, siempre que no se hubiera completado el ciclo de representaciones.

4.3.- En ausencia de Coordinador/a y/o Secretario/a seránsustituidos por el/los miembros de la Comisión que se acuerde. De no llegarse a un acuerdo, se elegiría por sorteo.

4.4.- Los cargos de Coordinador/a y/o Secretario/a podránser objeto de moción de censura, por una sola vez durante su mandato, a propuesta de al menos 1/3 de las Universidades que integran la Comisión, cuando su actuación no se ajuste a la normativa del presente Reglamento u otras disposiciones vigentes. Para su aprobación será necesaria la mayoría absoluta.

En caso de resultar aprobada la moción de censura se elegiráun nuevo Coordinador/a por el resto del mandato, de acuerdo con el punto 4.1.

Art. 5.- Reuniones del Pleno y sus Comisiones

5.1.- La C.I.V.P. se reunirá en sesión ordinaria tres veces al año atendiendo al calendario y contenidos establecidos en el Procedimiento General.

5.2.- El lugar de la reunión será por turno rotatorio, en la sede de cada una de las Universidades integrantes, mediante un sorteo elaborado y establecido al efecto.

5.3.- Para la válida constitución de la Comisiónserá necesaria la presencia de la mayoría absoluta de las Universidades.

5.4.- Los acuerdos se tomarán por mayoría simple, salvo en aquellos casos en los que el presente Reglamento exige expresamente mayoría absoluta de las Universidades.

En caso de haber más de dos propuestas a votar, se procederáa la votación conjunta. Si ninguna obtuviera la mayoría exigida, quedar á eliminada la que menos votos obtenga ,procediéndose a una nueva votación sobre las restantes ,hasta obtener la mayoría exigida.

5.5.- Só lo serán secretas las votaciones que afecten a personas, realizándose a mano alzada en los demáscasos.

5.6.- Cada Universidad tendrá un voto y éste será ; indelegable.

5.7.- El Pleno de la Comisión podrá crear los grupos o Comisiones de trabajo que estime oportunos, encargados del debate, canalización, estudio y elaboración de propuestas sobre aspectos concretos, en orden a su posterior tratamiento y adopción de acuerdos en el Pleno. En dichas Comisionespodrán participar los representantes de cualquier Universidad que voluntariamente lo manifiesten.

Art. 6.- De la incorporación de nuevas Universidades.

6.1.- Para la incorporación al Intercambio de una nueva Universidad, será necesario reunir los requisitos que a tal fin se establecen en el Procedimiento General y el acuerdo favorable de la mayoría absoluta de la C.I.V.P.

Art. 7.- Aprobación y modificacióndel Reglamento

7.1.- El presente Reglamento será aprobado por la mayoría absoluta de las Universidades integrantes. Su modificación deberá ser propuesta por, al menos, 1/3 de ellas, debiendo presentarse por escrito y con texto alternativo. Para su aprobación requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de las Universidades.

Disposiciones Adicionales

1ª.- A la entrada en vigor de este Reglamento, la Comisiónde Intercambio de Vacaciones (C.I.V.P.) está formada por las siguientes Universidades: La Coruña, Alicante, Cadiz, Cantabria, Granada, La Laguna, Las Palmas, León, Málaga, Murcia, Oviedo, Politécnica de Valencia, Santiago, Valencia,Vigo y Zaragoza.

2ª.- El sorteo a que alude el art. 5.2. ha quedado establecidosegún el Procedimiento General de la C.I.V.P. de la siguiente manera: Cádiz, La Laguna, La Coruña, Oviedo, Politénciade Valencia, Málaga, León, Murcia, Cantabria, Granada,Las Palmas, Santiago, Alicante, Zaragoza, Valencia, Vigo.

En la reunión en la que se acuerde la incorporación de una nueva Universidad en la C.I.V.P. se sorteará el lugar que ocupa en la relación anterior.

Disposición Derogatoria

El presente Reglamento deroga al anterior de fecha 7 de Febrerode 1992.

Disposición Final

El presente Reglamento entrará en vigor en el momento de su aprobación por el Pleno de la C.I.V.P. en las condiciones señaladas en el art. 7.
 


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