Oposiciones - Convocatorias
Técnicos en Salud Laboral


Informe de la Sección Sindical
sobre la convocatoria
 Lista de Admitidos y excluidos
Recurso de Reposición
a la convocatoria

ANUNCIO CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE UN TÉCNICO MEDIO DE
PREVENCIÓN   DE  RIESGOS  CON  DESTINO  EN  EL  SERVICIO   DE
PREVENCIÓN, CON CARÁCTER DE FUNCIONARIO INTERINO.

     Siendo  necesario proceder al nombramiento  interino  de
carácter  urgente  de  un  Técnico  Medio  de  Prevención  de
Riesgos,  con  destino en el Servicio de Prevención  de  esta
Universidad  Politécnica,  este  Rectorado  abre  proceso  de
selección  de  acuerdo  con  lo  establecido  en  el  Decreto
33/1999, de 9 de marzo, del Gobierno Valenciano, por  el  que
se  aprueba el Reglamento de Selección, Provisión de  Puestos
de  Trabajo y Carrera Administrativa del Personal comprendido
en  el  Ámbito de Aplicación de la Ley de la Función  Pública
Valenciana (DOGV de 20 de abril de 1999) y con las siguientes
bases:
 

- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:

1)   Ser  español  o de nacionalidad de uno de los  restantes
     Estados  miembros  de  la Unión Europea  o  de  aquellos
     estados  a  los  que  les  sea de  aplicación  la  libre
     circulación  de trabajadores, en los términos  previstos
     en la ley estatal que regule esta materia.

2)   Tener  cumplidos 18 años a la fecha de finalización  del
     plazo de presentación de instancias.

3)   Estar  en posesión, a la fecha de finalización del plazo
     de   presentación  de  instancias,  de   la   titulación
     académica que figura en el Anexo I.

4)   Declaración  jurada o promesa de no haber sido  separado
     mediante    expediente   disciplinario   de    cualquier
     administración o empleo público.
 

- SOLICITUDES.

     Los  interesados que reúnan los requisitos señalados  en
el  anexo I deberán presentar su solicitud dirigida al Excmo.
Sr. Rector Magfco. de la Universidad Politécnica de Valencia,
Camino  de Vera, s/n (46071-Valencia), en el Registro General
de  la Universidad Politécnica de Valencia o en cualquiera de
las  formas  establecidas  en el  artículo  38.4  de  la  Ley
30/1992,  de  26  de noviembre, de Régimen  Jurídico  de  las
Administraciones Públicas y del Procedimiento  Administrativo
Común, redactado conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero.

     Los  derechos de examen serán de 2.350.- pesetas / 14,12
euros,  que  se  ingresarán  en la  cuenta  corriente  número
07243100033835  -Tasas-, de la Caja de Ahorros  de  Valencia,
Castellón y Alicante (Bancaja) en la urbana 724, sita  en  la
Universidad Politécnica de Valencia, Camino de Vera s/n.,  CP
46071,  Valencia. El justificante de pago de los derechos  de
examen  se  realizará  con  la impresión  del  sello,  en  la
solicitud, de la mencionada entidad. En ningún caso  la  mera
presentación  y  pago  supondrá sustitución  del  trámite  de
presentación  en  tiempo y forma, de  la  solicitud  ante  el
órgano expresado en el párrafo anterior.

             El plazo de presentación de instancias comenzará
el  día  5  de noviembre de 1999 y finalizará el  día  24  de
noviembre  de 1999. Una vez finalizado éste, se publicará  en
el tablón de anuncios del Servicio de RR.HH.- Sección del PAS
una  relación  de admitidos y excluidos provisionales  en  el
proceso  de  selección, concediendo un  plazo  de  diez  días
hábiles para la subsanación de errores, contados desde el día
siguiente  de  su  publicación. Concluido el plazo  indicando
anteriormente  se  publicará en el  tablón  de  anuncios  del
Servicio  de  RR.HH.- Sección PAS la relación de admitidos  y
excluidos   definitiva  y  se  convocará  a  los   aspirantes
incluidos en ella a la realización de las pruebas.

- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.

     Acompañando a las solicitudes de admisión a las pruebas,
las  personas interesadas presentarán fotocopia del D.N.I.  y
del  resguardo  justificativo  de  haber  abonado  las  tasas
correspondientes,   así   como   la   presentación   de    la
documentación  acreditativa  de  los  méritos  a  través  del
Registro General de la Universidad Politécnica de Valencia  o
en  cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las    Administraciones   Públicas   y   del    Procedimiento
Administrativo Común, redactado conforme a la Ley 4/1999,  de
13  de  enero. En este último caso, el Tribunal  no  valorará
aquellos   méritos  que  no  se  encuentren   suficientemente
acreditados documentalmente.

           El   Tribunal   establecerá,  para  las   personas
discapacitadas   que  así  lo  soliciten,  las   adaptaciones
necesarias para la realización de las pruebas. A tal  efecto,
los  interesados deberán formular la petición correspondiente
en la solicitud de participación en las presentes pruebas.

- PROCESO DE SELECCIÓN.

     1ª  PRUEBA. Se realizará una prueba teórico práctico  de
los conocimientos especificados en el Anexo II.
     Este ejercicio puede configurarse en forma de cuestiones
tipo  test  con cuatro alternativas de respuesta siendo  sólo
una de ellas correcta, o en forma de preguntas a desarrollar.

     Esta prueba se valorará de 0 a 20 puntos, siendo preciso
obtener  un  mínimo de 10 puntos para entenderla  superada  y
acceder a la fase de concurso. Caso de realizarse en forma de
cuestiones  tipo  test, la primera parte,  cada  contestación
errónea  tendrá  una  penalización de  un  tercio  sobre  los
aciertos. Las cuestiones no contestadas no puntuarán.

     2ª  CONCURSO  DE MÉRITOS. La valoración de  los  méritos
para  la  adjudicación de este puesto se efectuará de acuerdo
con el siguiente baremo:

Experiencia  profesional: se valorará hasta un  máximo  de  4
años  y  6  puntos la experiencia profesional en  puestos  de
trabajo correspondientes a la misma categoría y grupo de  las
vacantes   especificadas   en   la   presente   convocatoria,
prorrateándose  proporcionalmente los  meses  completos,  sin
considerar  los periodos inferiores a un mes, conforme  a  la
siguiente escala:
 

Experiencia Laboral Puntuación por  mes Puntuación por  año
en:                 completo trabajado  completo trabajado
1.    Universidades        0.12500               1.500
  Públicas
  Valencianas
2.   Administración        0.06250               0.750
  Pública
3.          Empresa       0.03125              0.375
  Privada
 

1)    Por  servicios  prestados  como  contratado  laboral  o
  funcionario  en  el  ámbito de las  Universidades  Públicas
  Valencianas.
2)  Por servicios prestados como contratado laboral o
funcionario en el ámbito de cualquier administración pública.
3)  Por servicios prestados como contratado laboral en el
sector privado.

     Únicamente  se  considerará acreditada esta  experiencia
profesional si se aporta certificación oficial de periodos de
cotización en el régimen general de la Seguridad Social o  en
alguno  de  los  regímenes especiales  dentro  del  grupo  de
cotización de la categoría y grupo  mencionados en el anexo I
de   la   presente   convocatoria;  contratos   de   trabajo;
nombramientos  de  funcionario  interino  y/o   nóminas   que
acrediten la relación contractual y categoría profesional.

Cursos  de formación y perfeccionamiento: se valorarán  hasta
un  máximo  de 3 puntos únicamente los cursos de formación  y
perfeccionamiento que estén relacionados directamente con las
funciones   de los puestos de trabajo objeto de  la  presente
convocatoria.

     La valoración se efectuará conforme al siguiente baremo,
sin  que se consideren los cursos hasta 9 horas y caso de que
hayan   dos   cursos  con  el  mismo  contenido,  sólo   será
considerado el de mayor duración:
 

         Nº de Horas                Puntuación total
         De 10 a 14                       0.10
         De 15 a 19                       0.25
         De 20 a 29                       0.40
         De 30 a 49                       0.50
         De 50 a 74                       0.60
       75 o más horas                     0.75
 

     Sólo se valorarán estos cursos si están  homologados por
un  organismo público competente en el marco de programas  de
formación  continua, de formación ocupacional o de  formación
de  empleados  públicos, debiendo el aspirante acreditar  tal
extremo.

Titulaciones   académicas:  se  valorarán  las   titulaciones
académicas  oficiales de nivel  superior a las  especificadas
en el anexo I, con  0,50 puntos.

Conocimiento  de valenciano: se valorará hasta un  máximo  de
1,5  puntos,  siempre que se acredite estar en  posesión  del
pertinente certificado u homologación expedido por  la  Junta
Qualificadora de Coneiximents del Valencià, con arreglo a  la
siguiente escala, valorándose en caso de estar en posesión de
dos niveles, únicamente el de mayor nivel:
 

Elemental                        0.50 puntos
Mitjà                            1.00 puntos
Superior                         1.50 puntos
 

Otros méritos: se valorará hasta un máximo de 1 punto

Haber superado el 3º Curso de    0,30 puntos
Idioma  Comunitario   de   la
Escuela Oficial de Idiomas
Impartición  de Cursos,  (por    0,20 puntos
cada 10 créditos)
Ponencias    presentadas    y  0,50 puntos por
aprobadas en Congresos  sobre     ponencia
materias relacionadas con las
funciones del puesto
Becas,     únicamente      se  0,50 puntos por
valorarán las becas  una  vez   año completo
obtenida     la    titulación
académica correspondiente,  y
siempre       que       estén
relacionadas con materias del
puesto de trabajo ofertado.
Publicaciones en S.C.I.       0,10 por citación
 

     Conocimiento de idiomas de la Unión Europea: se valorará
el  conocimiento  de lenguas oficiales de la  Unión  Europea,
acreditándose documentalmente mediante certificados expedidos
por   la  Escuela  Oficial  de  Idiomas,  según  los  niveles
especificados.

     Para  la  valoración  de  los idiomas  Comunitarios,  en
ningún  caso se considerarán los cursos superados de  idiomas
incluidos  en los planes de estudios de Bachiller  Elemental,
Graduado Escolar, Formación Profesional, Bachiller Superior y
de estudios universitarios de cualquier nivel.
 

     3ª ENTREVISTA PERSONAL.

     En la entrevista personal se comprobarán y valorarán los
conocimientos de los aspirantes en relación con el puesto  de
trabajo   convocado,   así  como  la  aptitud,   eficacia   y
experiencia  profesional  de  los  mismos,  la  capacidad  de
iniciativa,  productividad y nivel  de  responsabilidad,  así
como   cuantas  circunstancias  se  precisen  para  el  mejor
desarrollo de las funciones.

     La  valoración de la entrevista personal será  hasta  un
máximo de 1 punto.

     De  acuerdo  con  la puntuación total obtenida,  que  se
obtendrá sumando la puntuación alcanzada en cada una  de  las
dos  fases, la Comisión de selección conformará una  relación
de  los  aspirantes  seleccionados por orden  de  puntuación,
proponiendo  a  la  primera  persona  seleccionada  para   su
nombramiento como funcionario interino.

     En caso de empate, se dirimirá éste atendiendo en primer
lugar a la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la
fase  de concurso, en segundo lugar, a la puntuación obtenida
en la entrevista personal, y en tercer lugar a la obtenida en
la  prueba teórico-práctica. En caso de persistir el  empate,
éste   se   resolverá  mediante  sorteo  público  entre   los
aspirantes empatados, siendo convocados éstos a tal efecto.

     Se conformará, con los aspirantes no seleccionados y que
hayan  superado el proceso de selección, una bolsa de trabajo
a  la  que  se acudirá para formalizar contratos de  duración
determinada, siendo llamados según orden de puntuación.

     El  desempeño de este puesto de trabajo quedará sometido
a la legislación en materia de incompatibilidades.
 

- COMISIÓN DE SELECCIÓN.

    Su composición genérica será la siguiente:

                        Titulares:

Presidente:          Excmo.  Sr.  Antonio  Hospitaler  Pérez,
               Vicerrector de Infraestructura y Servicios  de
               la Universidad Politécnica de Valencia.

Vocales:             D.  Pedro  Vera  Luna,  Catedrático   de
               Universidad   del   Departamento    Ingeniería
               Mecánica,    Director   del    Instituto    de
               Biomecánica  de la Universidad Politécnica  de
               Valencia.

                        D.  Joaquín  Catalá Alis, Catedrático
               de  Universidad del Departamento Ingeniería de
               la    Construcción,   Director   del    Master
               Universitario   en   Prevención   de   Riesgos
               Laborales  y  Seguridad en el  trabajo  de  la
               construcción de la Universidad Politécnica  de
               Valencia.

                         D.  Alvaro  Felipe  Page  del  Pozo,
               Profesor    Titular   de    Universidad    del
               Departamento de Física, Secretario del  Comité
               de   Seguridad  y  Salud  de  la   Universidad
               Politécnica de Valencia.

                        Un  representante  de  la  Junta  del
               Personal de Administración y Servicios.

Secretario:          D.  Gonzalo  López  Belenguer,  Jefe  de
               Sección  del  Personal  de  Administración   y
               Servicios  de  la Universidad  Politécnica  de
               Valencia,
                       que actuará con voz pero sin voto.
 
 

                        Suplentes:

Presidente:         Excmo. Sr. Pedro Miguel Sosa, Vicerrector
               de  Asuntos  Económicos y Coordinación  de  la
               Universidad Politécnica de Valencia.

Vocales:            D. Juan Carlos Ureña, Jefe de Sección  de
               Inspección   y  Control  de  Instalaciones   y
               Servicios.

                        D.  Carlos Sánchez Rieger, Arquitecto
               del    Servicio    de    Infraestructura     y
               Mantenimiento.

                        D.  José Rocio Martí Vargas,  Titular
               de Escuela Universitaria, del Departamento  de
               Ingeniería de la Construcción.

                        Un  representante  de  la  Junta  del
               Personal de Admnistración y Servicios.

Secretario:         D.  Emilio  Mur Mur, Jefe de Sección  del
               Personal   Docente  e  Investigación   de   la
               Universidad   Politécnica  de  Valencia,   que
               actuará con voz pero sin voto.
 

     Los miembros de la Comisión, deberán abstenerse y podrán
ser  recusados por los interesados cuando concurran en  ellos
circunstancias de las previstas en los artículos 28 y  29  de
la  Ley  30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico  de
las    Administraciones   Públicas   y   del    Procedimiento
Administrativo Común.

     A  efectos  de  anuncios  y emplazamientos  la  Comisión
tendrá  su sede en el edificio de Rectorado de la Universidad
Politécnica de Valencia, Camino de Vera, s/n., Valencia.

     Contra  los actos de la Comisión de Selección  se  podrá
interponer el recurso de alzada previsto  en  artículo 114 de
la  Ley  30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico  de
las    Administraciones   Públicas   y   del    Procedimiento
Administrativo Común (redacción dada por la Ley 4/1999, de 13
de  enero)  en  el   plazo de un mes  contado  desde  el  día
siguiente   al   de  sus  publicaciones.  El  recurso   podrá
interponerse ante el órgano que dictó el  Acto que se impugna
o   ante  el  Excmo. Sr. Rector, como órgano competente  para
resolverlo.

    Contra  el  presente acto que agota la vía administrativa
puede  interponer recurso contencioso-administrativo ante  la
Sala  de  lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de  Justicia  de la Comunidad Valenciana en el plazo  de  dos
meses contados a partir del día siguiente de la notificación,
de  conformidad con lo establecido en el artículo 109  de  la
Ley  30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de  las
Administraciones Públicas y del Procedimiento  Administrativo
Común,  22  de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de  agosto,  de
Reforma Universitaria y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

     Previamente  podrá  interponer en el  plazo  de  un  mes
contado a partir del día siguiente al de la publicación de la
presente,  recurso potestativo de reposición ante el  Rector,
de  conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley
30/1992,  de  26  de noviembre, de Regimén  Jurídico  de  las
Administraciones Públicas y del Procedimiento  Administración
Común,  redactado conforme a la Ley 4/1999, de 13  de  enero.
Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra  vía
que se considere oportuna.

Valencia,  4  de  noviembre   de 1999.-  El   Vicerrector  de
Asuntos   Económicos  y  Coordinación   de   la   Universidad
Politécnica de Valencia. Pedro Miguel Sosa (por delegación de
firma del Rector.Resolución de 26 de febrero de 1997).
 

                        A N E X O   I

 CARACTERÍSTICAS Y REQUISITOS DEL PUESTO DE TRABAJO OFERTADO
 

DENOMINACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO:TÉCNICO  MEDIO  PREVENCIÓN
                                   DE RIESGOS (P1122)
 

CATALOGACIÓN DEL PUESTO:

     Sector: Administración Especial
     Grupo:   B
     Nivel Complemento de Destino:  18
     Complemento Específico:  E023

JORNADA LABORAL:    40   horas  /  semanales  (MAÑANA  Y  DOS
                    TARDES)

NUMERO DE PUESTOS CONVOCADOS:  1

DESTINO:   SERVICIO DE PREVENCIÓN

LOCALIDAD:  VALENCIA

REQUISITOS:
    TITULACIÓN: Título   de  Diplomado,  Ingeniero   Técnico,
                Arquitecto Técnico, Formación Profesional  de
                Tercer  Grado  o  equivalente.  Cualificación
                como   Técnico  en  prevención   de   riesgos
                laborales,  funciones de nivel  superior,  en
                las  especialidades de higiene  industrial  y
                de seguridad en el trabajo.
 
 

FUNCIONES GENERALES:

    -   Desarrollo e implantación de un sistema de gestión de la
       prevención de riesgos laborales basado en UNE 81.900-EX.
-   Supervisión y auditoría del sistema de gestión de la
prevención de riesgos laborales una vez implantado.
-   Tareas de Información e interlocución con los
Departamentos y Centros de la U.P.V. En el ámbito de la
prevención de riesgos laborales.
-   Canalización y tratamiento de asuntos clasificados como
urgentes entre el Vicerrectorado de Infraestructura y
Servicios y los Departamentos y Centros de la U.P.V. en el
ámbito de la prevención de riesgos laborales.
-   Asunción de tareas de Técnico en prevención de riesgos
laborales, funciones de nivel superior, dentro del servicio
de prevención de la U.P.V. de acuerdo con las especialidades
de higiene industrial y/o seguridad en el trabajo.
-   Asesoramiento al Comité de Seguridad y Salud de la
U.P.V. en materia de prevención de riesgos laborales.

              Se   valorará  especialmente  en  la  fase   de
    concurso:

    -   Experiencia acreditable en el desarrollo de sistemas de
       gestión de la prevención de riesgos laborales basados en
UNE-
       81.900-EX.
-   Conocimientos acreditables relacionados con auditoría de
sistemas de gestión.
-   Experiencia de trabajo en el ámbito universitario en el
área de prevención de riesgos laborales.
 
 

                        A N E X O  II
 

TEMARIO
 

BLOQUE BÁSICO.

·     Legislación  Básica:  Ley  de  Prevención  de   Riesgos
  Laborales  (Ley  31/95,  de 8 de noviembre);  Real  Decreto
  1.488/1998, de 10 de julio, de adaptación de la legislación
  de  prevención  de  riesgos laborales a  la  Administración
  General del Estado.
·   Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/97,
de 17 de enero); Real Decreto 780/1998, de 30 de abril, por
el que se modifica el R.D. 39/97
·   Ley General de la Seguridad Social; Ley 9/1987, de
órganos de representación, determinación de las condiciones
de trabajo y participación del  personal al servicio de las
Administraciones Públicas; Ley orgánica 11/1985, de 2 de
agosto, de libertad sindical.
·   Estructuras de gestión de Prevención de Riesgos
Laborales. Familia de normas UNE 81.900 EX. R.D. 2200/1995,
de 28 de diciembre, Reglamento de Infraestructura de Calidad
y Seguridad Industrial. Aplicación práctica al ámbito de la
Prevención de Riesgos Laborales en la Universidad Politécnica
de Valencia.
·   Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales en la UPV.
Estructuras, responsabilidades, aspectos varios.
Consideraciones prácticas.

BLOQUE DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO.

·    Consideraciones  técnicas y reglamentarias  relativas  a
  seguridad  en  instalaciones  pertenecientes  a  la  U.P.V.
  Seguridad en instalaciones pertenecientes a laboratorios  y
  talleres  de  prácticas  e  investigación.  Consideraciones
  prácticas.
·   Consideraciones técnicas, normativas, reglamentarias y
prácticas relativas a condiciones de seguridad contra
incendios. Aplicación a la UPV.
·   Consideraciones técnicas, normativas, reglamentarias y
prácticas relativas a condiciones de seguridad en equipos de
trabajo. RD 1435/92 y RD 1215/97.
·   Seguridad en las obras de construcción. El Real Decreto
1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen
disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de
construcción. Consideraciones prácticas.
·   Consideraciones reglamentarias, técnicas y prácticas
relativas a dispositivos de protección. RD 773/1997, de 30 de
mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud
relativas a la utilización  por los trabajadores de equipos
de protección individual. Aplicación al ámbito de tareas
universitario.

BLOQUE DE HIGIENE INDUSTRIAL.

·     Consideraciones  normativas,  técnicas   y   operativas
  relativas  a  la  prevención de riesgos de origen  químico.
  Aplicación al ámbito universitario.
·   Tareas cotidianas en laboratorios que presenten riesgos
de origen químico: criterios de buenas prácticas y seguridad.
·   Consideraciones asociadas riesgos de origen físico:
ruido, calor, radiaciones ionizantes, radiaciones no
ionizantes.
·   Riesgos biológicos. RD 664/97, de 12 de mayo, sobre la
protección de los trabajadores contra los riesgos
relacionados con la exposición a agentes biológicos durante
el trabajo. Consideraciones operativas.
·   Tareas cotidianas en laboratorios que presenten riesgos
de origen biológico: criterios de buenas prácticas y
seguridad.

BLOQUE DE ERGONOMÍA / PSICOSOCIOLOGÍA / MEDICINA DEL TRABAJO.

·   La ergonomía como técnica preventiva laboral.
·   Consideraciones básicas de psicosociología del trabajo.
·   Principios básicos de toxicología en el ámbito laboral.
·   Principios básicos de patologías de origen laboral.
 
 
 
 

                          SOLICITUD

ANUNCIO CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE UN TÉCNICO MEDIO DE
PREVENCIÓN   DE  RIESGOS  CON  DESTINO  EN  EL  SERVICIO   DE
PREVENCIÓN, CON CARÁCTER DE FUNCIONARIO INTERINO.

APELLIDOS Y NOMBRE:

DNI:                TITULACIÓN:
DIRECCIÓN: C/PLZA.

LOCALIDAD:          PROVINCIA:          C.P.:
TELF.:

Solicita: Ser admitido al proceso selectivo para la provisión
del  puesto  de Técnico Medio de Prevención de  riesgos   con
destino  en  el Servicio de Prevención, mediante nombramiento
de  funcionario  interino.  (Anuncio  Convocatoria  de  4  de
noviembre de 1999).
 

                                  Valencia,................................
 
 
 
 
 
 

                                     Fdo.: ...................................................
 
 
 
 
 

ILMO. SR. DIRECTOR

JUSTIFICACIÓN  DEL INGRESO DE LOS DERECHOS DE PARTICIPACIÓN
EN LA PRUEBA SELECTIVA.

La   persona  interesada   ha                           LIQUIDACIÓN
satisfecho  el  pago  en   la                             Derechos de examen
cuenta corriente
07243100033835-TASAS       de                      ________________
BANCAJA.
Este  impreso no será  válido                          Transferencia________________
sin  el  sello de la  entidad
bancaria.
                                                                    TOTAL
                                                                    _____________________________
 
 

  Excmo. y Magfco. Rector de la Universidad Politécnica de Valencia.
 
 
 

ccoo@upvnet.upv.es ## Comisiones Obreras en la Universidad Politécnica de Valencia


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