LAS EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL No a las ETTs - No a las empresas de trabajo temporal

Contenidos
 
Por una reforma en porfundidad de la ley que regula las empresas de Trabajo temporal. (29/'06/99)
La Reforma de la ley sigue siendo insuficiente. (29/06/99)
EMPLEO Y TRABAJO TEMPORAL (ETTs 1994-1998)
Un estudio sobre las ETTs (29/01/99)
INFORME ETTS
Informe sobre las ETTs tras la modificación de la ley en julio 1999

Las ETT's

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    Las ETT's se legalizaron en 1994, a pesar de la huelga general del 27-E  convocada por los sindicatos mayoritarios, creando una nueva forma de desregulación y precariedad del mundo laboral.

    La ley que las reguló no garantiza la igualdad de trato de los trabajadores de la ETT respecto a los de la empresa usuaria donde desarrollansu actividad,creando trabajadores de primera y trabajadores de segunda con peores condiciones laborales.

    Actualmente se está discutiendo en el parlamento la modificación de la vigente ley que regula las ETT. El Gobierno y el Partido Popular no han apoyado en el Parlamento la igualdad salarial entre los trabajadores y trabajadoras de las ETT y los de la empresa donde prestan sus servicios, algo que  significa para muchos trabajadores que aun realizando el mismo trabajo cobran distinto salario.

Qué hemos hecho desde CC.OO.

    Nos opusimos a su regulación convocando una Huelga General en 1994, alertando de la precariedad que iban a generar en el mercado laboral.

    Con los acuerdos interconfederales para la Estabilidad en el Empleo se otorgaron mayores competencias a la representación sindical de la empresa usuaria respecto a los trabajadores de las ETT; es decir, lograr mayores espacios de defensa de los derechos laborales de estos trabajadores.

    Impulsamos el Reglamento de actividades y trabajos que pos su especial peligrosidad para la seguridad o salud quedan vetados a las ETT.

    Gracias al Convenio Colectivo, se ha avanzado en la equiparación salarial de los trabajadores y trabajadoras de las ETT con respecto a las plantillas de las empresas usuarias.

Qué queremos desde CC:OO.

    La presion sindical y el amplio rechazo social han provocado la necesidad de modificar la actual ley de ETT. Desde CC:OO., conjuntamente con UGT, hemos elaborado una serie de propuestas que garantizan mejores condiciones laborales para frenar la precariedad y desigualdad provocada por la ley actual, y entendemos que el Gobierno y el Parlamento no pueden situarse al margen de estas reivindicaciones.

La nueva ley tiene que garantizar:

   La igualdad de trato, todos los trabajadores y trabajadoras de las ETT tendrán que tener las mismas condiciones de trabajo y retribución que las que tiene la plantilla de la empresas usuaria que desempeña el mismo puesto de trabajo.

    Avanzar en la estabilidad del empleo, también desde la regulación de las ETT.

    Estabilidad para los trabajadores cedidos por las ETT, estableciendo un porcentaje obligatorio de contratación indefinida en estas empresas.

    Impedir el uso abusivo de las ETT por las empresas usuarias, estableciendo un porcentaje máximo de contrataciones en relación con su porpia plantilla y limitanod la sucesión de contratos.

    Prohibir la utilización de los servicios de las ETT porlas Administraciones Públicas.


APROBADA EN EL SENADO LA EQUIPARACION SALARIAL INMEDIATA DE LOS TRABAJADORES DE LAS ETT.

LA REFORMA DE LA LEY SIGUE SIENDO INSUFICIENTE

Tras conocer el texto final de la Ley de ETT que se ha aprobado en el Senado, CC.OO. muestra su satisfación por la equiparación salarial inmediata de los trabajadores de las Empresas de Trabajo Temporal con el convenio de la empresa usuaria y se felicita por la rectificación del PP que retiró las enmiendas 49 y 50 que pretendían impedir y/o retrasar dicha equiparación salarial. Igualmente, el sindicato valora que el texto de la Ley no recoja la enmienda de CIU que pretendía dejar sin efecto la propuesta sindical de penalización en 1,5 puntos de las cotizaciones sociales de los contratos temporales de las ETT.

Para CC.OO. la reforma de la Ley votada en el Senado sigue siendo insuficiente y no supone una reforma legislativa en profundidad que elimine la discriminación en las condiciones laborales de los trabajadores de las ETT con los de la empresa usuaria. CC.OO., junto con UGT, seguirán trabajando a través de la negociación colectiva y mediante los cambios normativos oportunos para conseguir la plena igualdad de trato de los trabajadores de las ETT.

Ambos sindicatos hemos trasladado nuestras propuestas de modificación de la Ley al conjunto de los grupos políticos con presencia en el Congreso y en el Senado para que pudieran ser presentadas como enmiendas en el proceso de debate en ambas Cámaras.

UGT y CC.OO. insistimos en que existen suficientes razones de justicia social que hacen imprescindible establecer una nueva regulación que cubra cuatro objetivos:

Garantizar la igualdad de trato y condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras de las ETT respecto a las establecidas en la empresa usuaria.

Consideramos que se debe incluir, junto a la referencia del convenio colectivo, los acuerdos y pactos que puedan existir en las empresas usuarias y que, en ausencia de convenio colectivo de empresa, determinan en la práctica la retribución que se aplica al conjunto de los trabajadores de esa empresa, mejorando el convenio sectorial de referencia. Con esta inclusión expresa se evitarán posteriores interpretaciones restrictivas en la aplicación de la norma que impidan garantizar definitivamente la igualdad salarial real entre los trabajadores y trabajadoras de las ETT y los de las empresas usuarias.

Avanzar en la estabilidad y seguridad en el empleo para el personal de estructura y para el personal en misión de las ETT. Además deben establecerse límites en las empresas usuarias para la utilización de ETT.

Delimitar el ámbito de actuación de las ETT y su exclusión en las Administraciones Públicas y para cubrir actividades estructurales y puestos de trabajo de carácter indefinido en las empresas usuarias.

Mayor control y transparencia en el funcionamiento de las ETT: estableciendo mayores requisitos para obtener y mantener la autorización administrativa; garantías de representación sindical real para los trabajadores y trabajadoras de las ETT; tipificar las infracciones y sanciones por incumplimientos, tanto de las ETT como de las empresas usuarias. Aunque se mejoran los derechos de información de estos trabajadores, dado que estos prestan sus servicios en gran número de empresas, seguimos considerando necesaria la creación de la figura del delegado sindical territorial.

CC.OO. y UGT hacemos un llamamiento a los grupos parlamentarios del Congreso para que no desaprovechen la oportunidad de corregir las insuficiencias de la Ley actual. Si no se hace así, será la segunda vez que se legisla sobre las ETT y se cierra en falso el debate, las expectativas sociales de mejora abiertas con la actual tramitación parlamentaria y, en definitiva, el establecimiento de unas nuevas reglas del juego que garanticen los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras de las ETT, así como el funcionamiento regular y transparente de estas empresas.

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